Hola, en relación a una reducción de jornada por cuidado de un menor, la ley establece que el nuevo horario será entre un mínimo de 1/8 y de un máximo de la mitad de la jornada completa. Mi pregunta es si por acuerdo entre ambas partes se puede pactar un horario fuera de estos límites y que aún así se encuadre dentro de la figura legal de la reducción de jornada por motivos familiares y tenga todos los sistemas de protección previstos por la ley. En concreto, el caso que tengo planteado es realizar una reducción de sólo el 10%, es decir, continuar trabajando el 90% (en lugar del 87.5% que sería si la redujerámos sólo un 1/8).