Será necesario siempre que la cuantía supere los 2.000 euros.
Si acumulas a la reclamación de rentas, el desahucio en sí, éste se valora en una anualidad de renta, por tanto a no ser que la renta mensual del alquiler sea inferior a 166 euros, te vas a ir por encima de los 2.000 con toda seguridad, y por tanto será obligatorio abogado y procurador.
Por el momento para el procedimiento de desahucio es necesario abogado y procurador. En un futuro, si lo que se pretende es la verdadera agilización procesal, creo que terminará suprimiéndose.
Podrás leer artículos sobre el procedimiento monitorio y sobre el desahucio en la web: http:conocertusderechos.blogspot.com
¿es necesario procurador y abogado en el nuevo monitorio para desahucio?
Con la nueva reforma procesal 37/2011 es necesario procurador para iniciar la demanda mediante un monitorio si se reclama menos de 2000€ y se solicita acumulación de acciones? es decir se solicita reclamación de cantidades y desahucio de la vivienda. En tiemdo que si solo se reclama cantidades debidas, es lo mismo que un monitorio, pero con la excepción de que tiene 10 días para oponerse o pagar la deuda. La duda me surge cuando pido desahucio y fecha para el lanzamiento. ¿ Es presiso procurador y abogado?