¿Es necesario que el recurso contra una sentencia dictada en un juicio de faltas lo firme junto con el condenado un abogado o simplemente fijando un domicilio en la sede de la AP a efectos de notificaciones por el condenado y recurrente es suficiente? Gracias.
si, todas las sentencias se pueden apelar, si has sido condenado e incluso tiene el abogado de oficio pero tienes que tener una tonga de papeles, segundo pide la cinta del juicio para que te crean y piensa en todos los fallos que ha podido tener la parte contraria, podrás tener una sentencia con el fin de esclarecer los hechos denunciados, yo en mi caso pedí la cinta, porque me hizo gracia la persona que me denunció dijo que ibamos circulando en una carretera urbana de dos carriles y que la escupí desde mi coche (Que no poseo al suyo) increible pero cierto y dice en la sentencia que es muy coherente, esto es como la bonoloto, si te toca te tocó, ríete de la justicia, porque más bien es un circo mediático.
Tus derechos los puedes leer en una hojita en blanco.
Lérida, Valencia y Zaragoza son las Audiencias (más importantes) que requieren firma de letrado para interponer Recurso de Apelación contra las Sentencias recaídas en Juicio de Faltas.
Ayer, en un Juzgado de Instrucción, le insistían a una persona que necesitaba abogado para el recurso, pidió la denuncia, el parte de lesiones y la grabación o el acta del juicio y le insistían EN QUE A ELLA NO SE LO PODIAN DAR SINO AL ABOGADO. Harta de tanta tontería, pidió entonces que le nombraran uno de oficio y la funcionaria entró a hablar con la Juez. A la salida,la funcionaria le dijo que la Juez, le había dicho que le devolviera la sentencia que le habían notificado porque, la Juez iba a revisar el caso. Sé que costará creerlo pero, ES CIERTO. Ya os comentaré si la sentencia, al final se cambia y es absolutoria.