Los asuntos civiles de los juzgados estan llenos de escrituras originales... luego los abogados piden el desglose y en las actuaciones se pone una fotocoapia testimoniada, pero de entrada con las demandas se llevan al juzgado las escrituras originales...
Resulta que el abogado nos ha dicho que para iniciar una querella en el Juzgado contra la otra parte, sobre un tema de medianerías y servidumbres de paso, debemos llevarle la escritura "original" de la casa.
¿Es necesaria la escritura original o vale una copia? Es que me extraña mucho, pues es un documento que considero debe conservar únicamente el dueño.