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¿Es "más ilegal" pegar a una mujer que a un hombre?

8 Comentarios
 
¿es "más ilegal" pegar a una mujer que a un hombre?
03/06/2016 14:00
He visto que hay mujeres que se aprovechan de su "protección moral" para meterles las manos en los bolsillos a los hombres y robarles, sabiendo que si se dan cuenta no se van a defender.

Creo que si la persona es menor de 16 años eso es un agravante, ¿con las mujeres pasa lo mismo?

Recalo que se trataría de UNA MUJER CON LA QUE NO SE TIENE RELACIÓN ALGUNA y que INICIÓ EL ENFRENTAMIENTO (intento de robo).
03/06/2016 16:37
Exponga el caso y lo comentamos.
03/06/2016 16:44
Es un caso hipotético, no tengo ningún problema de este tipo. Es solo curiosidad
03/06/2016 17:32
No sé si algún compañero le contestará, a mí personalmente no me gusta mojarme con este tema y menos si se trata de casos hipotéticos. Lea los artículos 153 y 173.2 del Código Penal y saque sus conclusiones. Se lo digo sin acritud, un saludo.
03/06/2016 18:05
Hola, creo que si no se tiene ni se a tenido relacion de afectividad de ningun tipo con la hipotetica mujer, se castigaria en principio de igual modo, maximo si se esta defendiendo de un intento de robo, pero vamos, si se buscan agravantes o atenuantes es otra historia si queremos rizar el rizo, no soy abogado y sera un abogado quien le podra responder con mas precision.
Un saludo.
05/06/2016 17:11
La pregunta es corta pero por desgracia la respuesta no puede serlo en la misma medida porque veo que mezclas varios conceptos.
Vamos a ver lo primero es diferenciar la agravante de alevosia, de la de parentesco y estas de los delitos de violencia de genero y abusos a menores.
1º. ¿Porqué hablo de la agravante de alevosia? Bien la alevosía consiste en cometer el delito empleando medios, modos o formas que aseguren el exito del delito. Por lo tanto si eliges a la victima por su especial estado de vulneración podría aplicarse esta agravante; Por ejemplo cuando la victima es un niño o un desvalido si es buscado para cometer el delito si se podría aplicar, obviamente si la victima fuese mujer esto no sería suficiente para que se le aplicase este agravante al agresor.
2º ¿Que pasa con la circunstancia mixta de parentesco? Bien esto es un poco lio este caso atenúa o agraba la pena según las circunstancias del echo, pero lo más importante es que es necesario para que se tome en consideración es que tienen que ser familia, y son familia cuando eso ha sido el agraviado cónyuge o persona que esté o haya estado ligada de forma estable por análoga relación de afectividad, o ser ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza o adopción.
La doctrina y la jurisprudencia española, de forma tradicional viene considerando esta circunstancia como atenuante en los delitos contra el patrimonio y como agravante en los delitos contra las personas y contra la libertad sexual.
3º. La violencia de genero. Este apartado engloba una serie de delitos que van desde las amenazas leves, pasando por las agresiones, a la privación de libertad, pero lo importante no son tanto el tipo de acciones que lleva acabo el agresor como las caracteristicas que tenga este y estas son:
1º Que sea varón.
2º Que tenga o haya tenido una relación con la victima de pareja.
3º Que la violencia ejercida sobre la mujer lo haya sido en base a una situación de discriminación, en base al reparto desigual de poder dentro de la relación.
4º. Abusos a menores. La protección a la indemnidaz sexual se ha elevado a 16 años eso quiere decir que un menor no puede otorgar su consentimiento para tener relaciones sexuales con un adulto hasta esa edad, ¿eso quiere decir que una chiquilla de 16 no puede tener un novio de 18? Categoricamente no, si la persona consentida tiene una edad proxima o estado de madurez similar se considerará que está bien otorgado, siempre que no haya habido engaño por parte del consentido para el acceso carnal.

Espero que esta respuesta te ayude a aclarar un poco las ideas.
06/06/2016 19:37
Pues eso, rizar el rizo.... pero vamos, igual delito, igual pena, en principio es asi, despues segun los casos puede ser un suma y dale.
Un saludo.
08/06/2016 16:27
Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Vitoria-Gasteiz: la juez preguntó a la víctima durante una declaración "si cerró bien las piernas para evitar los abusos sexuales por parte de su ex pareja" y, además, le negó una orden de protección.

Noticia que ha salido hoy en el legaltoday.

Parece que últimamente está muy de moda eso de quejarse del abuso que sufren los hombres por parte de las mujeres.

Hay de todo, como en todas partes.
08/06/2016 22:31
Que barbaridad de juez... en fin..
Respecto a lo que esta de moda el quejarse, pues hombre, depende, piense que abusos los hay en todas partes, yo mismo los sufri por parte de una justicia politizada, tambien consegui que condenasen a mi expareja como consecuencia de 16 denuncias falsas, le comentare que le fue impuesta una pena de prision, mediads de proteccion hacia mi tras la condena y una fuerte indemnizacion, que muchas mujeres sufren muchisimo en estos temas pues si, y estoy con ellas hasta el final!!! pero que existen falas denuciantes se lo puedo asegurar y es casi seguro que usted lo sabe!!! ahora bien, que a existido y existe toda una industria del maltaro en España es un secreto que hace aguas por todas partes, del que se lucran muchos "profesinales" contra el maltrato tolerancia cero, pero contra las falsas denunciantes tambien!! asi lo hice yo, y hoy por fin se lo que es vivir tranquilo, que tenga un buen dia.