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Es legal un negocio de video cajero abierto 24 horas al día ?

7 Comentarios
 
Es legal un negocio de video cajero abierto 24 horas al día ?
08/09/2006 16:42
Una de las lonjas de mi edificio esta ocupada por 1video cajero que esta abierto 24 horas al dia sin personas a su cargo. Ademas del alquiler de dvds, ha colocado maquinas expendedoras de comidas y bebidas. El resultado es que tiene mas negocio de noche que de dia ya que durante toda la noche entra gente que provoca tanto en el interior del local como en la calle muchos ruidos. Tras las quejas de los vecinos, su propietario dice que el no tiene la culpa de que sus clientes creen estos altercados. Sin embargo a los vecinos nos parece que este local quizas deberia estar insonorizado (en el 1º piso se oye incluso el hilo musical que tienen).

Por otra parte han colocado camaras de videovigilancia en su interior, pero una de ellas esta en la calle y sujeta en la cornisa del edificio (sin pedir autorizacion a la comunidad)

Ya hay 2denuncias de vecinos, pero parece que solo se han quedado en avisos y cuando llamamos a la policia municipal apenas dura un instante la calma ya que los usuarios entran y salen regularmente. A parte de lo que ya hacemos, ¿es posible adoptar otro tipo de medidas? ¿Como demostrariamos que su actividad perjudica a los vecinos del edificio?
08/09/2006 18:34
Realice un escrito al Ayuntamiento exponiendo los hechos: ruido, hilo musical y cámara de videovigilancia básicamente, y solicite que el Ayuntamiento revise la licencia que en su día ha otorgado a ese local para comprobar que cumple con todas las condiciones de la licencia municipal y demás requisitos legales.
Salu2.
09/09/2006 04:02
¿Es el propietario del negocio el propietario del local? Si no es así, deben requerir al propietario a través del presidente para que cese en estas perturbaciones y tome las medidas oportunas pues es el responsable directo frente a la comunidad.
09/09/2006 11:14
Para Patricia T: Gracias por la sugerencia, ¿podriamos solicitarlo como comunidad de propietarios o solo a titulo personal? Por otra parte, creemos que el ayuntamiento actuaria en favor del propietario. Es una localidad muy turistica en la que se han dado mas casos de favoritismo hacia los vecinos y no se presta atencion a las quejas de los que, como la mayoria, vamos como turistas.

Para Patricia MV: Si es el propietario del local, pero ¿cuantas posibilidades tenemos de que cese en su actividad con un requerimiento?

La verdad es que los ruidos y otras molestias por el dia no nos preocupan tanto como los nocturnos. Lo mismo que los bares tienen un horario de cierre, ¿no tendrian este tipo de negocios que tenerlo tambien????
09/09/2006 16:03
Ninguna garantía, pero a partir del requerimiento Vds. cumplen con sus obligaciones legales, y él demuestra su mala fe, quedando expedita la vía judicial, pues tampoco tiene garantías de la intervención del ayuntamiento, como acertadamente le señaló Patricia T.
En cuanto a los horarios de cierre, están establecidos mediante ordenanzas municipales, pida la información en el ayuntamiento antes de presentar el escrito de denuncia.
09/09/2006 17:05
El escrito al Ayuntamiento lo puede hacer tanto el Presidente de la Comunidad en representación de ésta como cualquier particular.

Existen ordenanzas municipales que regulan los horarios, licencias de obra, distancias y otras características de establecimientos comerciales.
Salu2.
09/09/2006 18:50
Cuando te metes en pleitos con el Ayuntamiento, generalmente gana él, lo sé por experiencia.
Si te haces amigo del concejal de urbanismo suele salir la cosa mejor, pero recuerda que esta gente no trabaja por el 20%, ya me entiendes.
10/09/2006 03:00
Más que el concejal, yo diría el arquitecto municipal, más que nada porque suele estar fijo y el concejal va y viene. Claro que si lo pillas justito, justito ...

De todas formas, abrir un expediente administrativo, a veces puede ser útil ..., sobre todo, porque a veces si te hacen caso y tienes parte de la prueba hecha ... ¿no? Shhhhhh, no te chives ni al administrador ni al alcalde.