alegal te acuerdas de esto???
Se nota que lo más competente viste de verde oliva. Los de azul (el CNP) es otro mundo (tétrico).
Instituto gloria a tí .... ¡¡¡
Ten un poco de respeto hacia los funcionarios del CNP que hacemos nuestro trabajo igual o mejor que los de verde oliva como dices tu, y si te quieres meter con algun cuerpo polical te metes con los corruptos del LAPD, no con nosotros.
que tal, soy funcionario del CNP y pertenezco a la III UIP, desde mi punto de vista de agente de la autoridad, el ciudadno siempre requiere el maximo respeto por parte del agente. Por mucha presion a la que estemos sometidos no se le puede perder el respeto al ciudadno, ese agente actuo MAL, porque deberia de aver pedido la documentacion al compañero Alberto antes de pedirle que habriera su bolsa, es la manera de actuar del Cuerpo Nacional de Policia, pero ya sabmos como son los municipales... que no que es broma, como en todos los sitios hay de todo,
un saludo
Estimados contertulios: Artículo 18 de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana: Los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, procediendo a su ocupación. Podrán proceder a la ocupación temporal, incluso de las que se lleven con licencia o permiso y de cualesquiera otros medios de agresión, si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas.
Compañero CRISMA, cuando se cita algún articulado de una Ley, por ejemplo, lo normal es citar todo el que está relacionado con aquel.
Aparte de los malos modales que pudieron tener los agentes actuantes durante la intervención, no veo nada ilegal ni mucho menos en su actuación.
No creo yo que esto sea para echarnos las manos a la cabeza. Vivimos en un Estado de Derecho en el cual las FCSE son las primeras en someterse a él, por mucho que alguno intente negarlo.
¿O acaso no habéis tenido conocimiento de ninguna sentencia condenatoria a algún agente por lesiones, vejaciones, detención ilegal, amenazas, etc., en el transcurso de su trabajo?.
A estas alturas no hagamos creer a la gente que seguimos anclados en una dictadura o en el medievo cuando tenemos unas FCSE de las más garantes con los derechos de las personas que hay en el mundo.
Y sino, viajad un poquito más al extranjero y después comparamos.
La cruda realidad es que la policia te para cuando mejor le apetece, sin tener que dar explicaciones a nadie, al menos esa es mi experiencia en Madrid. Me paran y cachean cuando quieren (sobre todo la policia municipal) y, si tienes suerte, te responden cuando les preguntas por qué, aunque lo normal es que te manden callar o "te pasas la noche en el calabozo". De hecho, he encontrado este foro debido a la frustración de que me parasen en la calle y me caheasen completamente en mitad de la calle y su respuesta fuese que "eran policias y hacían lo que les salía de los cojones" (perdón por el lenguaje, pero es que es textual), la verdad es que me gustaría saber si algo se puede hacer contra esto porque ya me estoy empezando a cansar de que siempre me paren y tenga yo "las de perder" (tambien textual). Personalmente me parece increible que estemos en el siglo XXI
coincido plenamente con Fran"picolo". Y añado la función preventiva de la policía se encuentra determinada en la propia naturaleza de sus funciones; las cuales se encuentran determinadas en la LO2/86 de FCS. Ley de Coordinación de Policias Locales, Reglamentos del Cuerpo etc, etc.
Como policía se previenen los ilicitos administrativos o penales. Y una medida de policía administrativa garante del saguridad pública se encuentra en la diligencia de identificación, cacheo y registro. En caso de que fuera por motivos de indicios de delito nos encontrariamos en la actividad de policia judicial, averiguación del delito, descubrimineto del delincuente y aseguramiento de efectos y objetos empleados.
Por lo que dice ALBERTO se le ha "aplicado" una medida de policia administrativa de mantenimineto de la seguridad pública... pues creo que fran picolo lo deja bien claro, clarisimo...el motivo es la propia función preventiva de la policia (STC) que debe durar el tiempo imprescindible y no debe ser causa de sometimineto a trato degradable u ofensivo. En cuanto a las formas entramos en terrenos subjetivos. El policía debe ajustarse a la ley, se le exige que sea cortes, contrato respetuoso...a lo mejor a algunos el mero hecho de que la policia actue les es ofensivo....
CRISMA me pareces demasiado formalista, y además los casos que pones solo equivocan y se ajustan a la especificidades del la LO 1/92 en cuanto a la obligacion de identificarse y sus consecuencias, y en que casos opera, también soy licenciado en derecho, pero ser policía es tan dificil...
Sgto. pmm
Sólo le queda la indignación de turno. Todo sea que encima no reciba alguna denuncia sorpresa por la eterna desobediencia.
Basta que alguno actúe como le dé la gana para que todo el colectivo sufra las consecuencias. Pero el resto tampoco hace mucho por evitar esos cánceres. El caso es que vamos sumando.
Ahora alguien le dirá ¿por qué tenemos que creerle a usted? y usted contestará ¿y por qué no?
Ayer por la noche salia de una discoteca de madrid con un amigo, y en mitad de la calle un agente vestido de paisano dice, "Vosotros 2 venir para aki" por que? y dice si si por que mira y me enseña la placa.....Nos manda a un compañero el cual me desabrocha los pantalones me mete la mano por donde kiere y siempre con el tono intimidatorio, sabeis que por trafico de drogas os caen 2 años? llevais algo? Respondemos que no, me ve las llaves del coche, has venido en coche, si, pues ahora vamos a ir a tu coche a revisarlo tambien....despues de 40 minutos de cacheos y de estar acusandonos de traficantes, no encuentran nada,obvio ya que eso es lo que llevabamos, NADA y todavia se van diciendo pues algo habra visto mi compañero para hacer que os registremos, y ya esta, 40 minutos perdidos y el coche de mi madre medio desmantelao.... Mi pregunta es la siguiente, que derecho me ampara ante este atropello???
Y por qué le parece tan raro ese proceder? Porque yo o es la primera vez que lo veo y lo sufro. Lo normal es que no justifiquen la actuación ni cuando se les solicita. Y ante cualquier discrepancia, comentario, alegación, etc. la sempiterna desobediencia sale a colación, o no, ya que uno se entera a los pocos días cuando le comunican del juzgado la citación a juicio de faltas.
¿Por qué resulta tan difícil de creer algo tan cotidiano y habitual?
He leido todas las contestaciones y lo que realmente me sorprende es que se de por cierto, sin duda alguna, el relato de una persona que ni siquiera se identifica en un foro.
Además tengo mis dudas, esto te ocurrió a ti , o has oido que le pasó al colega de un primo de un amigo tuyo y lo has relatado en carne propia.
No obstante aunque así fuera en ningún momento te faltaron al respeto ni fueron mal educados, y perdona pero sigo sin creerme que no te identificaran en ningún momento de la actuación.
Chica desesperada
-El asunto sobre el problema con la aprehen´sión de droga no vendría nada mal que lo pusierais en manos de un abogado. Todo depende de la situación en la que fué intervenida la droga, ya que puede ser una simple posesión para el consumo con la correspondiente propuesta para sanción administrativa, o podemos estar en algo mas grave, la calificación de TRAFICO DE DROGAS. Parace un poco alarmante, pero si se demuestra que la posesión es para el tráfico, estamos ante un delito muy grave y con penas de prisión de varios años.
hola a todos me gustaria que si hay algun abogado o alguien con experiencia me diga si es posible o no que este chico vaya a la carcel. ESTE CHICO UN DIA LLEVABA 11G DE COCAINA Y ALGO DE HACHIS LLEVA DOS AÑOS ESPERANDO EL JUICIO Y SOLO LE HA LLEGADO UNA CARTA EN LA QUE DECIA QUE TENIA QUE IR A DECLARAR. en esa época estaba descarrilado consumia mucho y siempre estaba de juerga pero ahora es un chico normal y claro si va a la cárcel creo q solo emperorara puede haber trabajos o algo para no ir GRACIAS
Esto último queda muy bien, y todos lo saben.
Pero muchos señores agentes siguen haciendo de su capa un sayo. La desobediencia siempre va muy bien para justificar lo injustificable.
Y que conste que muchos cumplen con su estricto deber. Suerte de éstos últimos, porque si no ....
Vamos a ver, paz, paz, breve y resumido y en legunaje llano: se puede identificar a una persona por libre arbedrio, NO, y lo mismo para el cacheo, tienen que haber cometido una infraccion administrativa, penal, o tener fundadas razones y justificables, con el fin de velar por la seguridad ciudadana, otra cosa son los controles policiales en mitad de la calle, parando coches, etc, esto no se puede hacer sin autorizacion, o cuando exista grave alarma (atentados terroristas, etc.) legales los controles de alcoholeia, si nos has cometido una infracion anteriores NO, y si ven que llevas sintomas en la conduccion, ya esta bien de abusos en este pais por sacar dinero a toda costa...
La respuesta a la pregunta de si es legal que te cacheen sin pedirte la identificación es SI.
La identificación es una posibilidad que tienen los agentes , no una obligación en el ejercicio de sus funciones.
Deberían haberte informado, aun sin identificarte, del motivo del caheo, en concreto ¿Qué buscaban?, ¿Sospechoso de qué?
Continua...
¡Parece que no hay manera de que me salga el mensaje!. ¡A ver si lo consigo de una vez por todas!.
En cuanto al supuesto planteado por el forista "Uno más", decía que no entiendo dónde ve el problema para realizar una identificación y cacheo ajustada a derecho. El art. 20.1 de la LO 1/92 lo dice bastante claro, y además, aquí algunos foristas han aportado jurisprudencia del TC y TS que también facultan dicha diligencia en ese caso.
Por parte de los agentes de policía, tal como se plantea el caso, hay indicios racionales bastantes para suponer que esa persona se pueda encontrar en disposición de cometer un delito y, por lo tanto, en mi opinión, la actuación es perfectamente legal. Si estuviera a menos de 200 metros estaría incurriendo en un delito, pero eso ya es otra cuestión.
Un saludo para todos. ¡A ver si sale ahora, caray!.
¡Vamos a ver!. Yo creo que Crisma y Franpicolo, están básicamente defendiendo la misma teoría, lo que pasa es que cada uno ha hecho una interpretación diferente de la situación.
La verdad es que nada sabemos de las razones que motivaron la actuación de los agentes de la autoridad. Sólo sabemos que su trato no fue del agrado de Alberto.
Yo no voy a recriminarle que se sintiera molesto con dicho trato, probablemente cualquiera de nosotros nos sentiríamos ofendidos en esa situación, pero, al margen de cuestiones de educación, lo que importa para comprender si la actuación era legal o no son las razones motivadoras del cacheo, y esas no las sabemos ninguno.
Aquí algunos foristas dan por hecho que no había justificación legal para cachear a Alberto. Si soy honesto conmigo mismo, de lo contado por Alberto yo no puedo decantarme ni por un lado ni por el otro. Pero cabe suponer que es posible que Alberto coincidiera con las características del autor de un hecho delictivo al que estuvieran buscando..., o que se trate de una zona en la que haya muchas denuncias por tráfico de drogas a pequeña escala, etc..., cacheos estos que son legales, al amparo de la LO 1/92 mencionada. En definitiva, no sabemos nada, y yo, por mi parte, prefiero dar el beneficio de la duda en ese aspecto a los agentes, antes que sacrificarlos, independientemente de que hayan sido unos maleducados en el trato, y de que hayan caído en la falta de delicadeza de no informar al interesado al finalizar su actuación de lo que la ha motivado. Esto último me parece una descortesía inaceptable, pues una vez comprobado que el ciudadano no estaba incurriendo en ninguna conducta ilegal se merece una explicación y, por qué no, una disculpa.
En lo referente a la pregunta de Alberto de si los agentes de la autoridad deben identificarle antes de proceder a su cacheo, le diré que no es necesario, que lo que sí deben hacer es identificarse ellos, cosa que, si van vestidos de uniforme, queda cumplimentada por dicha uniformidad y la placa emblema con número de carnet profesional que exhiben en el mismo.
Alberto, de lo que se trata, además de salvaguardar la seguridad ciudadana y los derechos fundamentales de las personas, en la realización de la diligencia a la que te viste sometido, para tu descontento, es de que esta última dure el tiempo mínimo imprescindible y, si lo que motivaba la actuación de dichos profesionales era saber si llevabas drogas en el interior de la bolsa, por ejemplo, una vez comprobado dicho extremo, ¿qué necesidad hay de identicarte si no hay nada contra tí?. ¿Para qué hacerte perder más el tiempo y prolongar tu situación incómoda?. No es un requisito