1) Podría ser legal si existiera causa legal (algo que tiene que alegar y probar la empresa), pero aún en este caso existe un procedimiento legal a seguir que varía según el nº de trabajadores afectados por la modificación. Y como le indica jamgpreve si la modificación les perjudica pueden optar por acatarla o rescindir el contrato.
2) También indica que están contratando trabajadores eventuales, lo que no especifica es si es para los mismos puestos que los suyos (trabajadores afectados por la modificación), vamos para realizar el mismo trabajo o para otro distinto.
Si la respuesta al punto 2 es SI, pues aplicando la regla del contrario desconfía y acertarás, la empresa está imponiendo modificaciones sustanciales sin seguir el procedimiento y sin causa, para ver si los trabajadores con una antiguedad como la suya (30 años) optan por rescindir el contrato con 20 días de salario y máximo 9 mensualidades. Vamos que quieren deshacerse de ustedes con 20 días 9 mensualidades y ahorrarse la indemnización de un despido improcedente de 45 días. Mucho me temo que es así, y por ello la empresa está comenzando con la técnica de minar la moral de los trabajadores.
Lo que tiene que hacer, si son varios los afectados y los eventuales son contratados para desempeñar las mismas funciones en sus antiguas condiciones mientras modifican las suyas, es denunciar, no arrodillarse, id a la ITSS y poned denuncia, cuando más seais más presión podeis hacer.
Mire aunque su cto indique que es de lunes a sábado debemos estar a la costumbre es decir ustedes tenían un horario establecido de mañanas y de lunes a viernes, este horario generalmente se consolida en un plazo de 6 meses (esto suelen ser los convenios quienes lo autorizan).
El problema es que lo que les han hecho se denomina una modif. sustancial de las condiciones laborales para la cual ustedes tenían 20 días para contestar a la misma, de no hacerlo en éste plazo se entiende uqe ustedes aceptaron tácitamente.
Art 41 ET.
SMO.
Buenos días:
Hace 30 años que trabajo en la misma empresa. Estaba trabajando de administrativa de lunes a viernes siempre en turno de mañana (aunque en mi contrato laboral ponia de lunes a sábado). Hubo una reducción de personal administrativo y tuvimos que aceptar un puesto de reponedor/cajero pero manteniendo el mismo horario.Ahora con la nueva reforma laboral nos aplican según ellos y nos hacen trabajar: una semana de mañana (esta semana descansamos un día miercoles) y luego la semana de tarde trabajamos los seis dias. Esto lo han hecho a las personas que llevamos más tiempo trabajando en la empresa. A otro grupo que tampoco trabajaba los sabados ahora trabajan uno si y otro no cuando alguno de ellos es menos antiguo en la empresa. Han cogido personal eventual teniendo unos horarios mucho más buenos que nosotros. ¿Es esto legal?.
Muchas gracias por su atención.
Saludos.