El constructor, firmante del documento murió hace mas de veinte años.
La definición de la finca viene acotada que a la parte derecha e izquierda del portal y no habla para nada de los bajos por debajo del portal. La obra que se ha hecho es un local debajo del portal que ocupa todo la zona del subsuelo por debajo del descansillo del portal, han escabado en el subsuelo haciendo un local que utilizan como almacén. en caso de tener que instalar un ascensor habría que invadir esta zona como es lógico y a lo que se niega el dueño de la lonja.
en el reparto de las cuotas de participación no se contempla este local.
gracias
Si en la escritura de Obra Nueva y División Horizontal se define ese espacio como zona común está claro que no se puede privatizar sin el acuerdo unánime de los propietarios.
En cuanto al documento privado que le reclame y le pida explicaciones al promotor que se lo vendió.
Una vivienda que tiene dos bares a los lados del portal. en uno de ellos se está utilizando los bajos del portal, de la casa, como almacén y ahora que hay que poner ascensor alega que es de su propiedad para lo que presenta un documento privado donde el constructor le vende el hueco de debajo de la casa, hueco que nunca se ha plasmado en escritura ni ha participado nunca en las cuotas de participación. ¿Es legal esto, la venta de un elemento común? ¿puede considerarse que es propiedad de la lonja el hueco que pertenece a un elemento común por su utilización continuada? ¿puede impedir la instalación del ascensor que requiere de estos terrenos para ser instalado?
gracias.