Buenas tardes, intentaré ser breve:
Hace ya años me compré un piso con mi expareja al 50%.
Después de muchos dolores de cabeza he decidido venderle mi parte por un importe simbólico. Ahora que nos hemos puesto manos a la obra, mi gestora de la hipoteca me dice que:
**El banco no puede garantizarme que me excluyan del préstamo hipotecario hasta que no realice la extinción de condominio, o lo que es lo mismo, firmar ante notario la renuncia del 50% del piso.**
No entiendo el por qué, entiendo que lo más normal sería realizar el mismo día la escritura de extinción de condominio para acto seguido firmar una escritura de préstamo hipotecario, pero dicen que no es viable.
Yo no voy a renunciar a mi piso sin que me garanticen que me excluyen de la deuda, porque no me fío ni del banco ni de mi ex, y me da miedo dejar de ser propietaria pero seguir debiendo la mitad de la deuda.
Por lo que mi pregunta final:
*** ¿Puedo exigir o apretar las tuercas al banco para que me quiten la deuda a la vez que renuncio al piso? ***
Ojalá pudierais ayudarme porque necesito ya despertar de esta pesadilla.
Hola, lo primero que debes saber es si el banco está dispuesto a sacarte de la hipoteca.
Yo hice la escritura en la que se indicaba que tendria que excluir a mi ex de la hipoteca, y lo hice, pero él me tenía qe excluir a mi de un prestamo que pidio y nones, al final acabé pagándolo yo.
Asi que si no lo tienes claro consulta con un abogado, pero ya te digo, el principal problema es que el banco no quiere perder la garantía de una de las firmas.
Efectivamente, tienes toda la razón. En el mismo momento se puede hacer la compra-venta de tu 50% y levantamiento de cargas o subrogación de tu 50% a favor de tu ex (debe personarse un apoderado del Banco en la Notaria, para firmar). Te aconsejo que previamente te faciliten oferta vinculante en este sentido.
Si la gestora (entiendo que te refieres a la empleada del Banco) sigue insistiendo en que no es factible, presenta carta-reclamación para que te aclaren porqué no puede ser, algo que se está haciendo todos los dias con las promotoras de viviendas. Las promotoras de viviendas, para la construcción de las mismas, solicitan un prestamo llamado "prestamo-promotor" cuyo titular es esa sociedad, y que está subdivido en tantas partes como unidades (pisos, locales, garajes...) se construyen. En el momento en que la promotora vende alguna de las unidades, el comprador se subroga en las obligaciones hipotecarias que corresponden a su unidad, liberando a la constructora y firmando en la escritura la promotora, el comprador y el Banco (a veces se hacen dos, una de compra-venta y otra de subrogación de prestamo hipotecario, pero se firman a la vez).
En efecto, autor 1996, de esa misma manera se realizó la compra-venta del piso, por eso me pone de tan mal humor la situación, sé que están en el derecho de ponerme esta condición pero no sé si estoy yo en el derecho de reclamarles u/y obligarles que se acuerde la renuncia del piso y el levantamiento de cargas a la vez, como en su día se hizo la subrogación del prestamo del promotor.
Es realmente desesperante que se aprovechen del hecho de que yo no me arriesgaré a perder la propiedad sin librarme de la deuda.