Miccor eso lo se de mis tiempos de chaval donde el trucar los ciclomotores estaba a la orden del dia, ahora eso sumado a m aficion a las motos, pues hace que algunos compañeros me pregunten cuando hay alguno rarete.
Asi que aplicado a otras materias, mientras mas nos cuenten como lo hacen pues mejor.
"Por cierto, lo mismo que enseñan a robar, enseñan a actuar frente a esos robos, ya que sacan a la luz sus trucos para hacer efectivo el hurto/robo, tomen nota los VS de los establecimientos."
Es una forma interesante de verlo Sotomondro. Al menos, si como decis la mayoria no es ilegal, que algo bueno tenga.
Dexter, leyendo su mensaje me he indignado por un hecho que me ´sucedió el sabado, no pongo en duda que haya personas que hurten y se indignen encima que les han pillado, pero lo pido que haga el favor de leer mi mensaje "detención, insultos y humillaciones a una familia en un centro comercial" no tiene desperdicio y le aseguro que JAMAS JAMAS JAMAS en mis 44 años de vida he cogido algo que no haya pagado con el sudor de mi trabajo. Saludos cordiales.
Estamos hablando de temas que moralmente nos molestan, y no de penal. Si una banda terrorista explica el como hacer bombas en una pagina web, eso es "apologia al terrorismo" tipificado en el codigo penal, por lo que entonces si es delito y si podemos actuar.
Por otro lado tenemos una de tantisimas paginas que explican "trucos especiales" que nadie mas sabe para poder hurtar o robar de un establecimiento.
Para los que tenemos unas pequeñas nociones o ninguna nocion de derecho penal, si no es "accion tipica, antijuridica, culpable y punible" ya sabemos que no es penal, sera otra cosa, aministrativo, constitucional, moralmente feo... pero no penal que es lo que nos ocupa aqui.
Por cierto, lo mismo que enseñan a robar, enseñan a actuar frente a esos robos, ya que sacan a la luz sus trucos para hacer efectivo el hurto/robo, tomen nota los VS de los establecimientos.
Si se sustrae un artículo de la tienda, será hurto o robo, si además se comete otro robo o hurto por el adoctrinamiento para robar o hurtar, habrá cometido un segundo delito, y el adoctrinador, si se comprueba, el delito de robo por cooperador necesario, en su caso.
Claro claro, si no me refiero a que se compran diariamente, sino que se sustraen diariamente. Y no se si alguno de estos robos o hurtos que se producen a diario se pueden relacionar (alguno) con las indicaciones que da esta pagina.
Tengo claro que de la gente que roba en las tiendas, el 99% ni siquiera sabran que esta web existe, pero bueno ya es un poco por buscarle las vueltas al tema.
RobinsonLachaga, no pretendo justificar en absoluto la página... todo lo contrario, me parece abominable... y alguna vez he expuesto en este foro lo lamentable que me parece la gente que entra casi lamentandose porque les han sancionado por hurtar en una gran tienda y pidiendo consejos para su "juicio"... siempre me ha parecido que su único lamento era el que los hubieran pillado, y que cuando les decías que en realidad eran unos LADRONES parecían casi ofenderse.
Por otro lado, lo que tu dices de las bombas existe... pon en google "fabricar explosivos", y verás las atrocidades que te encuentras... el primer enlace, bombas caseras, no tiene desperdicio para maleantes.
Pero lo cierto es que no le veo cabida en ningún tipo penal... quizás debería haberlo, y puede que en algún día no lejano lo haya... años atrás (no muchos) no estaba ni sancionado la tenencia de porno infantil, por ejemplo, y ahora sí... la legislación siempre va detrás de la realidad, de la sociedad, nunca por delante...
Da igual si el hecho es o no rerpochable, que lo es, interesa si está tipificado en el CÓDIGO PENAL y punto, por favor, en qué tipo penal tiene encuadre??? ¿dónde está el artículo? además, en drecho penal está prohibida la analogía in malam partem.
Es verdad que, en todo caso, podría ser cooperador necesario el autor de la página, pero para eso, como ya se ha dicho, tendría que haberse cometido el delito.
La confección de la página, sin más, no tiene encuadr penal, que yo sepa, igual mañana aparece una nueva figura jurìdica, porque el código -la ley en general- tiene sus vacíos legales y no abarca toda la reailidad social.
Primero que nada no debemos malentender la etimología de las palabras. Con ese razonamiento que expones "Dexter" aceptas que exista una página web creada por la E.T.A. por dar un ejemplo, enseñando a fabricar bombas explosivas y su forma de utilizarlas, técnicas de asesinato, etc.
Está claro que la finalidad de la página que tratamos no es otra que la de FOMENTAR LA DELINCUENCIA en todos sus sentido, sino de que te serviría saber como robar prendas de vestir de una tienda de ropa o quitar alarma de un local comercial. La gente que visita esta página y me imagino que habrán más de este tipo,no creo que sea por simple curiosidad.
No creo que haya un vacio legal, si no que se está vulnerando perfectamente los principios fundamentales de cualquier Constitución democrática. Además al ser un delito informático de red, afectaría en principio a muchos países, con lo cual estaríamos ante un delito internacional, pero de esto no estoy muy seguro, por que desconosco la legislación al respecto.
Con todos mis respetos Dexter (por que ademas yo no se absolutamente nada de leyes) pero eso no seria como decir que las pistolas no matan, sino que mata el que aprieta el gatillo?
Si le damos una metralleta a un mono, quien tiene la culpa de lo que haga con ella, el mono o el que le entrega la metralleta?.
Ojo que no estoy llamando mono a nadie eh :)
Tampoco veo que tenga cabida, a menos que alguien al que pillan diga que lo ha aprendido en esa web... en ese caso podríamos hablar de inducción o cooperación necesaria, según el caso. Hilando muy fino, eso sí.
Pero por otro lado, no se está dando más que unas explicaciones, que luego tu seguirás si quieres o no. Es como una escuela de kárate... te pueden enseñar a matar a otro, lo que no implica que vayas a hacerlo.
buenas a todos, antes que nada comentarle al usuario "esposa" que habra un hilo nuevo y en ese nuevo hilo exponga su problema.
por otro lado mucho me temo que la apologia al delito no viene tipificada, si por el contrario me equivoco si me pudieran decir el art. donde viene tipificado me haria un favor, no he sabido encontrarlo.
Habria que ver como se ha comentado antes en que pais esta el dominio ya que dependera donde este y lalegislacion local
Comparto la opinión de Miccor.
Imaginemos que en una página web se dan instrucciones de como violar o asesinar a menores de edad, no deja de ser indicaciones de como cometer un ilícito penal, independientemente de la gravedad del hecho y de las intenciones del autor.
Primero que nada hay que identificar el País de dominio de dicho enlace y la nacionalidad de los autores.
Creo que sería un claro caso de atentado contra la propiedad y el principio de educación para la democracia recogidos en la Constitución.
Soy estudiante de Derecho y es mi humilde opinión, desconosco los tramites procesales que se podrían seguir.
Entonces, una web o cualquier otra forma de comunicacion que explique como llevar a cabo un acto delictivo (no digo que se haga eco de actos delictivos, sino que explique con detalle como cometerlos y ademas como hacer para no ser descubierto) es legal?
No es en cierta manera apologia del delito en cuestion?