Hola, estoy un poco asustada, necesito ayuda por favor.
Mi marido y yo estamos en desempleo, él percibe paro, yo no percibo nada. Además, a él se le termina la prestación por el paro el próximo mes.
Tenemos un préstamo con una financiera que pedimos hace ya unos años cuando no teníamos problema.
A raíz de quedarnos en el paro, a duras penas podíamos hacer frente a las cuotas y pactamos con la financiera una refinanciación para hacerlas más pequeñas, aunque claro se alarga en el tiempo.
Alguna vez hemos tenido dificultades para pagar, pero siempre hemos abonado las cuotas aunque fuese con algunos días de retraso.
El mes pasado nos surgió un gasto imprevisto y no pudimos abonar la cuota. Cuando la financiera nos llamó le pedimos por favor un fraccionamiento o aplazamiento de esa cuota. Se negaron.
Nos están cargando intereres que van ya por unos 40 € de más en unos veinte días de retraso. Hoy nos han llamado amenazando con embargos, con procedimientos judiciales y con que van a enviar nuestro caso al banco de españa. Ni siquiera nos dejan hablar para intentar razonar y solucionarlo, sólo quieren cobrar ya, yo lo entiendo pero realmente ellos no tienen voluntad de negociar, nunca me he negado a pagar sólo les pido un fraccionamiento o un aplazamiento. No sé mucho de leyes, pero es sólo una cuota, no son dos ni tres ni cuatro.
Mis consultas son básicamente: ¿son legales los intereses de demora que han cargado?
¿Realmente me pueden embargar un coche o mi casa por una deuda de una sóla cuota que apenas supera los 200 € (intereses de demora incluídos)?
También me han dicho que podían reclamarme la totalidad de la deuda, ¿pueden hacer eso?
Y otra de sus "amenazas" ha sido que podían incluirme en el registro de morosos durante 10 años, ¿es eso posible por una cantidad tan pequeña?
En mi situación no puedo pagar un abogado que me asesore, por ello recurro a ustedes.
Muchas gracias por leer mi larga exposición, y gracias de antemano a todos los que contesten y me puedan ayudar.
No te angusties, no van hacer nada, pero eso sí.. seguirán dandote la lata. No es rentable para nadie meterse en litigios por cifra tan pequeña, incluso aunque te reclamen la totalidad, verás que, mientras sigas pagando lo que sea, no te embargan nada. Lo 1º que harian ( si no pagaras nada ) seria una reclamación judicial y dado vuestros ingresos, teneis derecho a un abogado de oficio.
Déjame decirte que veo casos como el tuyo a diario en el despacho, por lo que puedo darte un punto de vista un poco más cercano al problema que tratas.
El banco, una vez que se dejan de pagar las cuotas de un préstamo -aunque sea sólamente una cuota- se pone en marcha para el recobro de esa cantidad adeudada.
En primer lugar, y siguiendo lo expuesto por mis compañeros, puedo asegurarte que el banco nunca va a iniciar un procedimiento judicial por una ínfima cantidad ("le sale más caro el collar que el perro"), como son 200 euros. Como poder, pueden, pero no lo van a hacer.
Ahora bien, la deuda, por muy pequeña que sea, no deja de ser deuda. Y el Banco intuye que si no has podido pagar la primera, luego vendrán más cuotas incumplidas, incrementadas con intereses y gastos.
En el momento en que hayas dejado de pagar varias cuotas, y la cantidad alcance al menos los cuatro dígitos, el banco realizará una liquidación de deuda ante notario que reflejará la cantidad que debes, en concepto de cuotas pendientes de amortizar, intereses de demora y gastos bancarios.
Estos intereses de demora son los que se refiere el banco y sí, en principio son legales.
Una vez se tenga preparada toda la documentación, antes de iniciar el procedimiento con una demanda en el Juzgado, te remitirán un burofax a tu domicilio comunicándote la deuda que tienes. Por tanto, hasta que no recibas ningún burofax, puedes estar tranquila, que no iniciarán nada.
Si te resulta imposible pagar las cuotas incumplidas, y la deuda se va incrementando, el banco pondrá una demanda en el Juzgado contra ti y tu marido (o las personas que concertaran el préstamo). Si el préstamo tiene como garantía una vivienda o local (ejecución hipotecaria), se despachará ejecución contra la misma, iniciándose un procedimiento judicial hasta que la casa salga a subasta. Si el préstamo no tiene como garantía un inmueble, se decretará el embargo por los bienes que tengas (si es poca cantidad, irán a por tus cuentas bancarias o cantidades que percibas del INSS,etc, si es mucho dinero, irán a por los inmuebles que puedas tener).
Cosas a tener en cuenta que pueden tranquilizarte, en el peor de los casos. Primero. En el caso de que se inicie un procedimiento judicial, siempre podrás llegar a un acuerdo con el banco durante el transcurso del mismo para que se paralice y todo vuelva a la normalidad. Es decir, que una vez que el banco inicie el procedmiento en el juzgado, todo tiene marcha atrás y nada es definitivo.
Segundo. En caso de iniciarse procedimiento judicial contra tus bienes, éste durará como pronto un año (he visto algunos que llevan 4 años), por lo que en ese tiempo, confiemos, las cosas puedan mejorar para ti y para tu marido.
Por el abgoado no te preocupes; si no tienes suficientes ingresos, el Colegio de Abogados de tu localidad te proporcionará uno de oficio. Y tranquila, éstos son magníficos profesionales la mayoría de ellos. Nada más lejos de la fama que poseen algunos abogados de oficio (inexpertos, interesados, etc). Por lo que puedes estar tranquila que estarás bien defendida.
En resumen: No te preocupes mientras sólo hayas dejado de pagar una o dos cuotas, pero ya sabes el procedimiento a seguir para el caso de que la deuda se incremente.Espero que las cosas vayan a mejor y todo quede en un mal trago.