En estos momentos tengo reconocida una incapacidad permanente absoluta. Mi duda es la siguiente: ¿si me presento a alguna oposición ( en concreto una del Grupo A2 para el Estado), tendré que renunciar a ella o se me revisará? Y si aprobase no habría problemas para ejercer y extinguir la incapacidad o suspenderla) .Es decir, el hecho de presentarse a una oposición es incompatible con mi situación?
Hasta donde yo sé, una incapacidad absoluta implica que no se puede desarrollar, por salud, ningún tipo de trabajo.
Si la salud permite algún tipo de trabajo entiendo que no procede la incapacidad absoluta.
Pero no lo puedo afirmar con rotundidad porque de incongruencias está el mundo lleno.