Os comento mi caso que me tiene realmente preocupada. Intentaré ser breve:
24/07/2007----paso itv resultado desfavorable.
27/07/2007-----policia local de valencia me denuncia por circular con itv desfavorable.
Iba de camino a una nueva inspección despues de pasar por el taller.
31/07/2007----itv favorable.
07/08/2007-----recurro mediante un escrito de descargo ante la Jefatura provincial De Tráfico, ya que me entero de que se puede circular con itv desfavorable en tres casos: 1 TRASLADO A TALLER. 2 REGULARIZACIÓN DE SU SITUACIÓN. 3 VUELTA A LA ESTACION ITV PARA NUEVA INSPECCION.
Presento facturas e informes de mi proceso de regularización en ese breve periodo de tiempo.
Bién, el problema no es el recurso, que no se han dignado a contestarme aún, sino lo siguiente:
20/06/2008----llega mediante hacienda, lo que mi padre( titular del vehículo) tiene que pagar, mas los intereses de apremio, o si no le embargan.
Mi pregunta es: No deberían haber contestado a mi recurso? Cuanto tiempo tienen? Si se produce silencio administrativo, no juega a mi favor?. Por que se le comunica a mi padre tan tarde, que tiene que pagar y con intereses habiendo un recurso de por medio. En ningún momento conocíamos de lo firme de la sancíon. Puedo alegar ante hacienda que había un recurso por medio para que me anulen la multa??
Estoy muy agradecida de antemano a cualquier alma caritatíva que me pueda echar una mano.
Mi pregunta es, si una patrulla de seguridad publica me puede parar para revision de documentos de mi carro, osea las patrullas de seguridad publica tambien pueden ejerser el trabajo de las de transito.