Buenas noches, me gustaría mucho saber si en el hipotético caso de que un intruso accediese a través de mi ventana a mi vivienda a llevarse objetos se consideraría hurto o robo. La situación de la ventana conflictiva está en el quinto piso de un edificio que ya no tiene más plantas, en una terraza que es parte del piso por la que además habría que pasar. La única e improbable manera en la que se podría acceder sería, además, entrando en la azotea del edificio, que es de la comunidad, o escalando el edificio y entrando en la propiedad de todos los vecinos anteriores. El motivo de que me interese saberlo es que mi compañera de piso no soporta que abra la ventana de mi propia habitación y su último argumento es que si se colasen en casa a robar por la venta abierta el seguro no lo cubriría, así que saber si es robo o hurto me ahorraría conflictos interpersonales que supongo vienen de cosas pensadas para pisos a pie de calle.