Quería saber si el siguiente supuesto sería considerado como vandalismo u otro tipo de delito penal.
Un vecino pone una antena parabólica privada en una zona común del edificio sin permiso de la Comunidad y cuando ya existen 2 parabólicas comunitarias
1) Otro vecino quita esa antena de la pared donde está colocada, sin el consentimiento del dueño de la antena
2) El Presidente de la Comunidad quita esa antena de la pared donde está colocada, u ordena al Portero que la quite, sin el consentimiento del dueño de la antena.
¿Qué tipo de delito sería, si es que lo es, en cada caso y por qué?