Cuando ya estaba casado, en régimen de gananciales, constituí con dos personas una Sociedad de REsponsabilidad Limitada, en la cual tengo 1/3 de las participaciones a mi nombre. Ahora tengo una duda, ¿En la Junta General de la Sociedad debé comparecer mi esposa? ¿Se puede considar mi esposa socia de dicha SL, aunque al adquirir las participaciones nada se diga de que tienen caracter ganancial?. Gracias anticipadamente.
Si las participaciones están a tu nombre, tú eres el socio y quien ostenta el derecho de asistencia a la Junta y de voto. En este sentido, tú eres el "titular" de las participaciones.
Cuestión distinta es que las participaciones sean parte integrante de la masa ganancial, lo que será relevante, sobre todo, en casos de liquidación de la sociedad. Échale un vistazo a los arts. 1344 y ss. Cc.