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¿es denunciable? cuidadora de ancianos sin contrato, grabada por videovigilancia y coaccionada.

3 Comentarios
 
02/07/2020 18:12
En estos casos el reconocimiento del contrato que hasta el momento no tiene se suele hacer desde el momento en que denuncias, puedes hacerlo con periodos anteriores pero depende de muchos factores. Lo que despiden a la gente tras aparecer la inspección es un riesgo que hay que correr si quieres regularizar la situación y evitar los abusos que puede haber. En general si la despiden siempre puede reclamar por despido improcedente o nulo, así como si se diera el caso indemnización por derechos fundamentales, donde las cantidades suelen ser de mínimo 5000 euros, la justicia tarda pero suele pagar y con el interés del 10%, lo que puede hacer que te pienses las cosas. No se si un trabajo parecido podrá encontrar en caso de que la despida pero al final son cosas que deben de valorarse de forma individual.
Espero haberte ayudado.
02/07/2020 12:26
jrn8
Buenos días, gracias por responder.

¿Podrías indicarme cuáles son a priori las consecuencias legales de realizar la denuncia para la cuidadora?

Es decir, qué suele ocurrir cuando se pone la denuncia, ¿multa para los empleadores y la cuidadora a la calle? ¿obligación por parte de los empleadores a darla de alta en la SS y hacerle un contrato? ¿Se tiene en cuenta lo trabajado hasta ahora?

En caso de necesitar pruebas para demostrar que se ha estado trabajando durante todos estos años, ¿bastaría con conversaciones de WhatsApp, o qué suelen pedir en estos casos?

Muchas gracias.
02/07/2020 00:52
Buenas
Por lo que comentas yo denunciaría a la inspección de trabajo las diferentes infracciones.
¿es denunciable? cuidadora de ancianos sin contrato, grabada por videovigilancia y coaccionada.
30/06/2020 17:16
Buenos días,

una persona cercana a mí se encuentra en la siguiente situación. Se podría decir que es madre soltera, ya que su marido no corre con los gastos del hogar. Es extranjera, residiendo legalmente y en vías de obtener la nacionalidad española. Tiene tres hijos, uno de ellos menor de edad. Lleva trabajando sin contrato como empleada del hogar y cuidadora de ancianos desde el año 2004. Actualmente, cuida de una anciana de 93 años durante las noches desde hace 5 años. Su horario suele ser todos los días de 20h hasta las 9h del día siguiente, es decir, pernocta en la casa. Las tareas que realiza son las de atender a esta anciana, ayudarla con la cena, con el baño, higienizarla... lo normal. También lleva trabajando desde hace 7 años como limpiadora en las casas de algunos hijos y nietos de la anciana, donde va aproximadamente 2 o 3 días por semana, según la llamen.

Voy a detallar algunas de las circunstancias por las que los hijos de la cuidadora quieren asesoramiento jurídico:

- Como he dicho, está sin contrato.
- En un principio le dijeron que sus tareas serían las de cuidar de la anciana, y como mucho limpiar el polvo alguna vez, pero se ha ido de madre y cada vez le exigen más y más con respecto a la limpieza de la casa.
- No puede utilizar prácticamente nada de la casa (la anciana no le deja poner a cargar el móvil, y sus hijos se lo permiten. Tampoco puede usar el wifi, no puede ver la TV, no puede usar el microondas para calentarse la cena o cualquier otra cosa, no puede beber agua sino que tiene que llevarse ella su botella, no puede coger alimentos de la cocina, incluso no puede comer ajo (allioli) antes de ir a la casa).
- Los días de trabajo son indeterminados, ya que algunos fines de semana se llevan a la anciana a dormir a un campo, por lo que esos días la cuidadora no trabaja. En época de vacaciones se la llevan durante varios días o semanas, por lo que la cuidadora deja de trabajar y por tanto de recibir dinero.
- En la casa no tiene habitación propia, ya que duerme en la misma habitación que la anciana, en una cama aparte. Es en esta habitación donde ella se cambia de ropa (dato importante para el siguiente punto).
- Los hijos de la anciana han puesto cámaras de videovigilancia por toda la casa (excepto en el aseo), en principio para supervisar o vigilar a la anciana. A ella la avisaron que habían puesto estas cámaras, pero desconocía que estaban grabando continuamente. Tampoco han firmado ningún contrato de confidencialidad, ni está dado de alta en la Agencia Española de Protección de Datos, es decir, se ha saltado toda la LOPD.
- Desconocemos si la familia tiene solicitada la dependencia para esta persona, pero suponemos que sí.

Hace poco la hija de la anciana increpó a la cuidadora (se volvió loca según nos comenta) ya que esta tapó la cámara de la cocina mientras estaba allí sola. La cocina es el único sitio que tiene la cuidadora para comer, hablar con sus hijos por teléfono o, aunque sin permiso, ver la TV un rato. Durante la acalorada discusión, la hija le comunicó que, al ser su casa, puede poner las cámaras que le dé la gana, que la cuidadora no tiene derecho a taparlas. También le dijo que, en parte, las cámaras estaban para vigilar que la cuidadora no maltratase a la anciana (cosa que nunca ha ocurrido), y de todas formas en el momento en que tapó la cámara de la cocina la anciana estaba en el comedor, hecho contrastable gracias a las cámaras.

En fin, la cuidadora dice que no quiere "meterse en líos", que prefiere dejarlo todo como hasta ahora, ya que no quiere perder el otro trabajo de limpiadora del hogar (también sin contrato).

Con todos estos puntos, ¿cómo veis la situación? ¿es posible algún tipo de denuncia o recurso? ¿Podría esto beneficiar de algún modo a la cuidadora?

Un cordial saludo.