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Es delito renunciar a una paga?

10 Comentarios
 
25/07/2006 20:50
Muchas gracias a todos los que os habeis tomado la molestia de contestarme.

De momento no he firmado aunque durante estos dos días, como era de esperar, he sentido desaires por parte de mis jefes e incluso uno de ellos sarcásticamente me ha tildado de “sindicalista”. El papel de la renuncia no incluye gato encerrado: no dice que he recibido un dinero que no me dan, ni tampoco hace referencia a que ceda esa paga extra a cambio de reducir mi salario por encima de convenio. Dudo mucho que ellos hayan redactado ese escrito con la ayuda de un abogado. Para ellos eso sería una bajeza y mucho más tratándose de empleados como nosotros que somos corderitos indefensos y sin representación sindical. Quizás mi negativa les haya hecho “verle las orejas al lobo” y posiblemente ahora hayan recurrido a un abogado “patronalista”.

Cuando se habla de pactos laborales me pregunto ¿qué pactos no quedan exentos de amenazas, coacciones o posiciones de supremacía por parte del empresario?

Muchas gracias de nuevo por vuestros consejos
25/07/2006 09:21
Yo no firmaría absolutamente nada, pues no tenemos el papel por delante para saber que han puesto, como bien apunta bergen. Además, si las retribuciones están por encima de convenio, tal como señalas, se puede entender como una renuncia a la mejora de esos derechos adquiridos, que no son más que una anexo que se ha venido produciendo durante años a tu contrato de trabajo.

Ellos estarán asesorados por un profesional y tú no lo estás. Aguanta hasta el jueves y mientras tanto, ya que existen amenazas, no estaría de más que denunciaras ante la Inspección de Trabajo. Así vas ganando tiempo.
25/07/2006 08:33
Por firmar ese papel a tí no puede pasarte nada, como bien has dicho tus derechos son irrenunciables, el problema lo tiene la empresa, si fuerais a juicio la empresa nunca aportaría un documento en el que tú renunciaras a tu paga extra ni a ninguno de tus derechos.
Pero cuidado con lo que firmas, si firmas que renuncias a tu paga extra no habría problema, pero si firmas que recibes un dinero que no te dan,...
No dejes de buscar ayuda profesional y de asesorarte, después tú decides que acciones quieres tomar.
un saludo y suerte

25/07/2006 08:12
Yo en tu caso:
Averiguaba que pasa si no lo firmas. ¿hay amenazas?. Si no, pues no se firma y punto, y te lo deben, y a esperar a ver si antes de un año pasa algo.
Si hay posibles represalias, lo firmaba. Me ariesgo a decir que es papel mojado. Obligacion de firma por posicion de supremacia del empresario. Ademas, ¿cuantos papeles hay de esos?. Dificil no poder aportar los X que hay. Y dificil ocultar a todos los afectados. Aunque la jugada del empresartio puede ser marear y asustar por un periodo de un año.
24/07/2006 20:42
No soy abogado y no te puedo aconsejar correctamente. Creo que por las clausulas de descuelgue las empresas pueden congelar el sueldo (si hay motivos que pueden documentarse) y que tmb se puede pactar pero no imponer una rebaja de las mejoras voluntarias conseguidas previamente.Pero las pagas extras y salarios mensuales son sagrados, intocables e innegociables.

A todas luces esa carta de renuncia sería papel mojado ante un juez que no exhoneraría a tus jefes de ser acusados por impago ni a ti te privaría de ejercer tus derechos legales aunque ellos hayan incluido esa coletilla que te obliga a renunciar a acciones legales. Siempre he escuchado que un contrato privado de cualquier tipo pero que viole principios legales no sirve de nada ni el incumplimiento de una de las partes es denunciable ni nada obliga a nada. Tus jefes están jugando y negociando con una paga extra que por ley es innegociable y por tanto ese acuerdo carece de todo valor.

Te podría decir que para contentar a tus jefes y marcharos de vacaciones todos contentos firmes ese papel mojado. Pero no quiero que me hagas caso. La Ley es una confusa amalgama de reglamentos que por una parte benefician y otros que echan por la borda esos beneficios.

Mi consejo es que aguantes y que no firmes nada hasta que tu abogado te reciba y si tus jefes te meten prisas, pasa de ellos.

Mucha suerte.
21/07/2006 20:37
No se trata de alzamiento de bienes, ni embargos, ni a delito o faltas . El tema es mucho más fácil. Este año no se nos ha abonado la paga extra de vacaciones y al preguntar se nos contestaba un escueto “ya hablaremos”

Este miércoles pasado nos dicen que la empresa está atravesando un pequeño bache, que necesita liquidez y que este año todos nos quedamos sin paga. No hablaron de posponerla sino de apretarnos el cinturón y sacrificarnos por el bien de la empresa. Así de claro y como si los trabajadores fuéramos hermanitas de la caridad. Por supuesto todo fue sazonado con amenazas: acabar con los privilegios salariales conseguidos durante la época de sus padres y equipararlos a las tablas de convenio, algún posible despido, etc etc. Con alevosía ya llevaban preparado y nos presentaron a la firma un escrito de renuncia que obviamente no hacia referencia a todas esas amenazas. Y que en resumen, sin hacer referencia a ninguna ley, dice algo así como que los trabajadores somos tan caritativos que nos solidarizamos con los problemas de la empresa y disponemos de nuestra paga extra a favor de la empresa y que con la firma de ese documento renunciamos a cualquier acción legal contra ellos.

Muchos compañeros son mayores y en puertas de la pre-jubilación, no quieren problemas y han firmado pero los más rezagados ya estamos sufriendo en sólo dos días un clima de tensión y desaires por parte de los jefes. Por supuesto que he recurrido a un abogado pero viviendo en una ciudad pequeña y en pleno mes de Julio es casi imposible una consulta inmediata y la cita la tengo para el jueves próximo. Los únicos consejos los he recibido telefónicamente a través de un amigo que sin ser abogado trabajó muchos años en un bufete laboralista y me dio esta web.

Hasta que llegue el jueves no sé qué reacciones pueden tener esos hijitos de papá. Para salir del paso ¿me obliga en algo la firma de ese papel? ¿Exhonera a mis jefes de ser denunciados por impago? ¿Me impide a mí –aunque no se cite ninguna amenaza- recurrir legalmente a posteriori contra ellos a pesar de ese artículo que ellos han incluido sobre la renuncia a acciones legales?

Si una paga extra es un derecho del que –por Ley y según el ET- un trabajor no puede disponer válidamente entiendo que ese documento sería un papel mojado ante un Juez. Si alguien de vosotros me lo pudiera garantizar al 100%, el lunes yo firmaría esa papela, todos tan contentos pero con el bolsillo vacío nos iríamos de vacaciones y en Septiembre u Octubre, con las aguas más calmadas, entonces emprendería mis acciones legales. Pero, evidentemente, siempre que cuente con la garantía absoluta de que ese papel sea un papel mojado sin ninguna validez legal.

Lo de falta o delito fue una farolada mía pero que tampoco es muy descabellada pues si una Ley dice “NO PODRA DISPONER” se puede interpretar como prohibición total de pactar, negociar, renunciar, ceder o regalar ese derecho. Ayer jueves recibí la primera indirecta de uno de los jefes metiéndome prisas en mi decisión y se quedó un poco desubicado cuando le contesté que cometer un delito contra uno mismo requiere su tiempo de reflexión.

El asunto de cómo se pueden defender los derechos adquiridos (incluidos en sus amenazas e intereses futuros) es secundario y espero encontrar solución el próximo jueves durante mi consulta con el abogado. De momento, lo más urgente es librarme de este mal ambiente pues los últimos 3 días de trabajo han sido horribles. Y si firmar ese papelucho no me compromete en nada, muy gustosamente lo firmaría el lunes a las 8 de la mañana.

Perdonad este rollo pero cuando uno está quemado la ira le sale hasta por los dedos al escribir.

Gracias a todos y todas
21/07/2006 09:01
¿te refieres a responsabilidad penal?. Depende.
¿y por que renuncia a sus pagas? ¿es alzamiento de bienes? (porque si que sera delito entonces) ¿tiene que pagar pensiones alimenticias, embargos, o algo asi?. ¿por que no lo recibe y lo regala, o lo invierte en activos de la empresa?. ¿el empresario es conocedor (colaborador) de ese levantamiento?.

Modificar el horario, despues de 10 años, pues la empresa lo va a tener realmente dificil si se enroca y va a juzgado, por no decir imposible (casi). Ademas, ¿cuando?. Porque el calendario ya se presento en los primeros meses del año.

Y lo de bajar el sueldo a convenio, pues tambien muy dificil (aunque defiendan dificultades economicas, hay otras vias), porque seguramente el concepto sea muy vago (gratificacion voluntaria, mejora,... sin complementos por puesto de trabajo o persona, y realizando las mismas funciones) y tambien teniendo que ir al juzgado (que empiecen por congelarlo, pero ¿bajarlo?).

Bueno, todo esto por via jurisdiccional, porque si el empresario implanta, y los demas por temor o por no organizacion o por lo que sea, asienten, pues el lo que hay.
21/07/2006 00:40
Perdón, me olvidé un párrafo:

3º "Si las conductas reseñadas en los apartados anteriores se llevaren a cabo con violencia o intimidación se impondrán las penas superiores en grado".
21/07/2006 00:39
No es delito ni falta.

Lo sería (delito contra los derechos de los trabajadores) si el empresario IMPUSIERE esas condiciones a sus trabajadores; pero el sujeto activo del delito sería el empresario, nunca el trabajador.

Art. 311 del Código Penal:

"Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses:

1º Los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual".


Saludos. Y salvo mejor criterio.
21/07/2006 00:10
Joder amigo/a. Para no ser abogado has planteado una pregunta difícil.

Yo diria que es delito o falta. De igual forma que un suicida fallido cae en manos de un juez tambien podria caer una persona que renuncia a sus derechos como trbajador o lo que sea. En otros paises no ejercer el derecho al voto está penado.Esto podria ser igual.

Firmando ese papel tu jefe no se libraria de nada pero si no lo firmas alegando que estas cometiendo un delito te lo dejras boquiabierto. Si no te queire pagar la extra que no te la pague y asuma sus consecuencias como delicuente pero que no te las tire a ti.



Es delito renunciar a una paga?
20/07/2006 21:38
Hola

¿De qué forma se pueden defender los derechos adquiridos o “ad personam” y qué derechos se pueden considerar como tales?

El Art.3.5 del E.T. queda claro en su primera parte pero –para los profanos en leyes- no ocurre lo mismo en la segunda. (5. Los trabajadores no podrán disponer válidamente, antes o después de su adquisición, de los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales de derecho necesario. Tampoco podrán disponer válidamente de los derechos reconocidos como indisponibles por convenio colectivo)

Se entiende que ningún trabajador es libre de renunciar a sus vacaciones, nómina, pagas extras y que, de darse ese absurdo caso, el trabajador estaría incurriendo en un delito por violar una Ley. Digo “absurdo caso” porque no creo que nadie trabaje por amor al arte o renuncie a una paga extra a menos que sea por amenazas y coacción. En ese caso y de quedar constancia escrita de esa renuncia ¿realmente el trabajador estaría cometiendo una falta o delito por renunciar a un derecho que por Ley le es inherente? Y, por otra parte, ¿el empresario se saldría de “rositas” y no podría ser acusado de impago por contar con la autorización escrita de los empleados? Esta es una pregunta MUY IMPORTANTE Y URGENTE (perdonad las mayúsculas).

En cuanto a los derechos adquiridos: la jornada laboral ¿la puede cambiar a su antojo y puede obligarnos a volver a trabajar los viernes por la tarde después de 10 años? Ojo! Esa tarde no es regalo de la empresa sino recuperada a razón de 30 minutos diarios.
Y lo más peliaguado:¿Cobrar un salario superior al fijado en las tablas de convenio se considera como tal derecho? De repente y porque al patrono se le antoje que cobras mucho o por cualquier excusa ¿te puede bajar el salario hasta equipararlo con lo que marca el convenio?.

Ese Artículo del ET al que me refería entiendo que defiende a capa y espada los derechos mínimos e incluso los convierte en irrenunciables. Pero ¿de qué forma se pueden defender los derechos adquiridos cuando legalmente se pueden considerar como tales?. La segunda parte de ese artículo es muy confusa pues puede entenderse como que ningún trabajador puede reclamar lo no previsto en la ley o convenios pero tampoco dice nada sobre la defensa de los “ad personam”

Trabajo en una empresa muy pequeña, sin representación sindical y el cambio generacional arrasó con todos los incentivos instituidos por el jefe padre. Abolieron ciertas gratificaciones “negras” que obviamente no podíamos reclamar por su color, abolieron hasta la cesta de Navidad o cenas (cada uno que se pague su cubierto), abolieron las horas extras –si tienes trabajo es tu problema y si te has de quedar hasta media noche también es tu problema y tu deber es que mañana a las 8 ese trabajo esté terminado- , etc etc.

Y si no era bastante con eso ahora arremeten contra lo “legal”

Muchas gracias.