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¿Es delito o falta anotar la placa de matrícula de un vehículo policial?

9 Comentarios
 
¿es delito o falta anotar la placa de matrícula de un vehículo policial?
05/08/2013 00:47
Pues bien, acudo a vosotros por esta pequeña duda. En principio, de acuerdo con lo que he estado investigando, no constituye ningún tipo de delito o falta anotar la placa de matrícula de un vehículo policial delante del agente, pero quisiera que alguien me lo pudiera confirmar. Saludos
05/08/2013 01:00
No constituye ningún ilícito penal o administrativo, o sea que no es nada, siempre y cuando sea en la vía pública.
Pero como todo en este mundo es una cosa relativa, yo procuraría no cabrear mucho a un policía que está intentando poner paz en un incidente que afecte al orden público, ya que seguramente lo que expones no es un hecho único y aislado, si no que forma parte de un altercado serio que el policía intentaba solucionar.
05/08/2013 10:51
Muchas gracias por tu pronta respuesta. Saludos.
05/08/2013 10:59
Opino como iliontroyano, no creo que sea nada penal ni administrativo.
Ahora la pregunta es, para que quieres tener la matrícula de un coche de la policía? Si te ven apuntando, lo más seguro es que te filien, y te pregunten por el motivo, y más si es un vehículo camuflado.
Imagínate, que esto ocurre por el norte de España (pais vasco, navarra...) las intenciones de conseguir la matrícula puede ser para otro propósito.
Es como el que hace una foto a la policía, te pueden intervenir la cámara y llevarla al Juez, si creen que esas fotos pueden vulnerar su seguridad, no es lo mismo, hacer una foto en las comunidades autónomas que te he dicho, que en canarias... o quizás en estos tiempo, que hace 4 años, cuando había más atentados...
Todo depende del punto de vista del momento.
05/08/2013 13:07
Siempre podrás memorizarla y apuntarla después en otro lugar.
11/08/2013 11:44
Os explico bien lo ocurrido. Tengo un cliente con un juicio de faltas por "atentado a la autoridad". En otro hilo abriré lo respecto a ese tipo de falta que no viene reflejado en el código penal. Puede ser que el juez lo haya tramitado como falta por su carácter leve, a pesar de no venir reflejado en el código penal (no sé si el listado de faltas el taxativo o no) o bien es un error e irá tramitado como una falta contra el orden público.
Pues bien, lo que ocurrió es que dos agentes de la autoridad estaban empleándose a fondo para detener a un indigente (extremo que viene reflejado y admitido por ellos mismos en el atestado) Mi cliente, al ver esta actuación, se sintió angustiada y tomó nota de la matrícula, para una vez consultado con un especialista, interponer denuncia a estos agentes por "abuso policial". Los agentes al ver que tomaron nota, le pidieron la filiación y dijeron en el atestado que mi cliente "estaba echando a los viadantes encima de los policías.."...
Bien eso es lo ocurrido. Yo ya he estado buscando jurisprudencia y me he preparado el tema, pero me gustaría saber vuestra opinión al respecto. Saludos y gracias.
11/08/2013 13:44
El delito de atentado contra agente de la autoridad, se cumple en el momento que existe un acometimiento, (entre otras opciones), intentar que la gente se eche encima de un policía, perfectamente puede ser un acometimiento, el Juez o Fiscal, habrá visto que puede incurrir en ese delito y se lo imputarán. Pero falta de atentado no existe, como bien te he indicado en el otro post.
Dicho esto, muchas veces la policía va a detener a una persona, y si ésta se resiste, usarán la fuerza para detenerla, y la gente que va caminando, en el fondo, no tienen ni idea de que a hecho, (desde un homicidio, violación, a un hurto)...
11/08/2013 15:49
Lo más normal es que el juez haya abierto juicio de faltas por desconsideración o desobediencia a los policías.

Un saludo
11/08/2013 16:27
Seguro que la denuncia de los agentes no es por tomar la matrícula del vehículo policial.
11/08/2013 23:59
En primer lugar, gracias a todos por vuestra colaboración.
La denuncia se supone que es por intentar provocar que otros viandantes acometieran contra los agentes.
De todas formas, la redacción del atestado es un poco grotesca, y encima tenemos el problema del error en la imputación.
Supongo que el Juez decidió que no eran hechos con mucha importancia y lo decidió tramitar por falta, y los agentes judiciales al realizar la citación cometieron el error en la tipificación de la falta.
Estoy casi seguro que se trata de una falta del art 634 Cp. como habéis comentado aquí algunos. Saludos