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¿Es delito dormir en un solarium/terraza propio?

18 Comentarios
 
17/03/2014 03:55
¡HOLA!
Equal: Creo que está agotada la edificabilidad. Pediré confirmación en urbanismo. Si quedase algo, tendríamos que dividir esa cifra entre todos, por lo que puede que sean pocos metros cada uno.
Gracias por el consejo de bajarme una aplicación de móvil para medir los decibelios. La presidenta "dice" que "no se pueden hacer fiestas" (y se queda a gusto). No sé si has leido que me han dicho -los presidentes- que "no vaya a menudo que me vigilan"... ME ENTERADO QUE ESO ES UN DELITO DE COACCIÓN. No quisiera denunciar. La polícia me cuenta que puedo subir a mis terrazas los 365 días al año, de día o de noche.
No tengo toma de luz, ni de agua (compro garrafas de agua mineral). Energía, hay varias alternativas (kit solar aislado por ejemplo). Para inodoro, existen los WC aislados (los WC químicos -típicos de caravanas y barcos-, y otro tipo que se llaman de bolsa -sillas con agujero con una bolsa de basura- típicos de las residencias para personas mayores). Ducharse se puede en un gimnasio o lugar barato. Lavar en lavandería. ¡Todo esta inventado amigo!. Se puede vivir sin casa. Por ej, domir es legal en una furgoneta aparcada (además no te ve nadie), de quinta mano, que no vale ni 600 euros, y le metes una cama y un pequeño WC de los que he mencionado, y si hay que calentar o hacer comida lo conectas a la batería, a un hornillo de gas (con las ventanas abiertas), o le pones una placa solar en el techo de la furgo (se llama kit solar aislado). Ló unico pasarle la ITV, seguro, combustible para mover el trasto... que puedes ahorrarte de pagar si aparcas la furgo en un terreno privado. El metro cuadrado rústico vale lo que dos barras de pan, 70 céntimos.
Tranquilos todos, que en España el tercermundismo lo vamos a experimentar. Desearía que no, pero la realidad es tozuda.

Muchas gracias :)
15/03/2014 00:08
Hace poco ha salido una sentencia donde permitían a una oficina convertirla en vivienda y obtener la cedula de habitabilidad, y eso que los vecinos se oponían al cambio. Puede que tu puedas construir cuando te apetezca si no infringes normas urbanisticas.
Ah! enterate de los decibelios maximos que estan permitidos poner en tu localidad y bajate una aplicación de movil que mide decibelios. Así si algún dia pones musica y no te pasas del volumen permitido pues no te podran decir nada, aunque venga la policia con un audimetro.

Duda ¿Tienes toma de luz de la comunidad en tu terraza?
14/03/2014 23:25
Enormes PALABRAS DE AGRADECIMIENTO para todos (¡y todas!) ustedes. Aunque suene antiguo.

Traigo una foto para que puedan contemplar una de mis terrazas:
http://i.imgur.com/lR0Nwup.jpg

Talid: Cédula de habitabilidad [sacado de http://www.cedulahabitabilidad.net/cedulas/requisitos.php] "¿Todos los inmuebles pueden obtener una cédula de habitabilidad? No. A parte de cumplir los requisitos mínimos de habitabilidad establecidos en el decreto 55/2009, es necesario que el inmueble esté ESCRITURADO COMO VIVIENDA [...] (en caso contrario) se debe solicitar una licencia de cambio de uso. VEO IMPOSIBLE QUE ME LA CONCEDAN. Aunque gracias por la idea :)

pasacero: Enseres. He hablado con el departamento de urbanismo del municipio y me dicen que "en invierno deberá resguardar sus enseres de la climatología", pero no por obligación legal "es para que no se estropen sus cosas". Indico que no tengo vivienda ni trastero en la zona donde guardar mis cosas... y me dicen que en principio no ven problema (Tengo que ir en persona y mostrarles una foto del lugar, junto con la de un vecino que tiene todo el año una gran mesa, sillas, herramientas de jardinería, tiestos, un cenador... todo a la intemperie. En el ayuntamiento me han aconsejado que use muebles de metal que aguantan mejor que los de plástico baratos.

A TODOS:
Hablé con la policía. Me dicen que puedo subir a mis terrazas "cuando quiera" (los presidentes "me confiesan" que "ellos van a subir pocos días al año a su terraza" Y CON ESA "EXCUSA" CREEN LEGALMENTE QUE PUEDEN LIMITARME mí derecho de acceso/uso, por eso, específicamente hablo con la policía...; literalmente que NO HAY NINGUN PROBLEMA: que puedo subir DE DÍA ó DE NOCHE "a tomar el fresco, a ver las estrellas, asomarse a mirar la ciudad, etc... SALVO -continúa el agente- QUE USTED REALIZE ALGUNA ACTIVIDAD COMO BARBACOAS, -no me sabe decir más actividades de memoria- allí el ayuntamiento si interviene".

Continúa el policía: "Si se decide en JUNTA GENERAL que a las terrazas usted no puede subir... ENTONCES ALLÍ NO SUBE NADIE, salvo un técnico a reparar el edificio (o antenista)".

Esa única opción de "PROHIBIR QUE TODO EL MUNDO SUBA" existe, se debe, a que como conocen ustedes, amigos del foro: Las terrazas, garajes, trasteros, etc... tienen en base al Art. 396 del Código Civil consideración de elementos comunes (titularidad de la comunidad de propietarios), incluso, estando "desafectados de un uso común", es decir, dedicados a un uso privado o exclusivo. Pero no creo que pueda acordarse semejante disparate, pues otros propietarios de terrazas perderían el uso privativo de unos bienes que, como poco, tenemos escriturados y por los que pagamos cada mes recibo de comunidad.

Por cierto esta mañana he presentado una instancia para darme de alta en el catastro, remitiéndoles mis escrituras fotocopiadas y DNI. Tardarán unos seis meses en contestarme. A partir de allí ya pagaré IBI.

Sobre DORMIR, no "parece" que sea una actividad, sino ausencia de ella, miro el diccionario RAE: Domir: 1. [...] Estar en aquel REPOSO que consiste en la INACCIÓN o suspensión de los sentidos y de todo movimiento voluntario [...].

Sobre DORMIR y VIVIENDA... NO TIENE PORQUE IR UNIDO:

vivienda.
1. f. Lugar CERRADO Y CUBIERTO construido para ser habitado por personas.

habitar.
1. tr. Vivir, morar. U. t. c. intr.

morar.
1. intr. cult. Habitar o residir HABITUALMENTE en un lugar. U. t. en sent. fig.

residir.
1. intr. Estar ESTABLECIDO en un lugar.

No busco CERRAR los inmuebles, ni tampoco "establecerme". Como digo, mantendré mi padrón en una vivienda en el pueblo de al lado. Como estoy ahora.

Lo que no me libra de que ME ACUSEN, de "pasar mucho rato" o "verme mucho los vecinos" por las terrazas, eso equivalga directamente a "ese individuo esta viviendo allí, sáquenlo a patadas".

¿Tendría yó alguna defensa legal posible? ¿Y si me acusan, es su palabra contra la mía cuando declare? No se si directamente diría que "me siento espiado" (es la verdad). Pues parece que mi mera presencia asidua, perjudicase en algo a la vecindad.

Caigo en la cuenta que parece ser, ES LEGAL PERNOCTAR en España (pasar la noche fuera del domicilio, según la RAE, se denomina PERNOCTAR -se duerma o nó-), al menos en VARIOS casos:

# En vehículo debidamente estacionado [ más info en: http://www.foropolicia.es/foros/prohibido-autocaravanas-que-hacer-t79802.html ].

# Los practicantes de senderismo, vivac, etc. (es decir, en itinerancia "una noche, por fuerza mayor", nunca como asentamiento) [otra cosa es acampar/camping: se suele definir acampada como asentamiento premeditado de 3 o más tiendas de campaña en un mismo lugar y/o que permance durante las horas diurnas, lo cual sólo puede hacerse con autorización municipal y/o en terrenos destinados para ello, normalmente campings]. No encuentro enlaces ahora mismo. Disculpen.

# ¿Sería legal "pernoctar" en mis terrazas?

Muchas gracias de verdad. Estoy muy, muy agradecido. Yo mismo me puesto a leer la LPH.
14/03/2014 12:37
Es muy posible que la cuestión ande por si esos solarium disponen de cédula de habitabilidad...... para mi, por lo que dice en los comentarios, no la tiene, por lo que no son aptos para usarse como vivienda, y por lo tanto no podría vivir en ellos........ ójala me equivoque.
13/03/2014 13:01
Poner enseres en una azotea, tendrá que estar alerta de las predicciones del tiempo.Cuando declaren alerta amarilla,ya puede retirar todo inmediatamente. En fin cada municipio es un mundo, aquí por lo menos no lo permiten.
12/03/2014 22:29
ainoa1: Leyendo las escrituras, las terrazas están situadas en la planta de cubierta. No se menciona derecho de vuelo, pone "Terraza" junto a "Cuota: 0,166%" (en las escrituras de la otra terraza, pone lo mismo).

Pero NO pretendo techar o acristalarlas. (No busco realizar obras.) Quizás COMO MUCHO, poner algunos ganchos y unas lonas especiales, en plan carpa o tienda de campaña. Ninguna objección me dan en urbanismo, que no hace falta ni autorización, lo único que me añaden es que DEBE PODER desmontarse o recogerse (la tela) para no considerarse construcción.

Tampoco me ponen trabas a colocar bienes muebles (sillas, mesas, etc.) en la terraza, incluso "armarios".

Pero por lo visto (me dicen los presidentes) que EXISTIÓ un problema en un pasado, con un inquilino que puso una caseta de madera y que "vivió" (sic), allí. PERO YO NO PRETENDO EMPADRONARME ALLÍ.

pasacero y miguelsercos: Veo raro que dormir sea una actividad peligrosa para mi persona. Tomar el Sol todo el día allí bien podría producirme quemaduras de piel. ¿Nó?. Como digo las terrazas están rodeadas por un muro de un metro de altura de piedra llamado "cebo", es decir, no me puedo caer, ni "salir volando".

Por lo que sé, las terrazas NO son anexas a ninguna vivienda de la comunidad. Ignoro si es así desde la construcción del edificio. Parece ser que yo seré el primer vecino que page IBI por la terraza, (en el bloque de al lado los vecinos deben miles de euros de comunidad).

Para más datos, los mismos presidentes que me dicen "que no use mucho las terrazas, que no vaya a menudo, QUE NO SOY VECINO, y que allí se enteran de todo" compraron ellos mismos una terraza DÍAS DESPUES DE MÍ a la misma persona que yo se las compré... y ellos vivien en la 2ª planta... y estando las terrazas sobre el quinto piso... pues muy cerca de donde viven, no les queda.

Tambien me dicen que van a poner un toldo (de obra), "hacer barbacoas" (¿eso no es una actividad peligrosa? humos, olores, posible incendio...), y hasta poner suelo de losas.

hotwheels: Muchas gracias por su comentario. Dudaba si domir es un "uso legítimo/adecuado (AR.abogada)", que además, honestamente no creo que sea dañino (para nadie). En el ayuntamiento espero que busquen bien entre las ordenanzas mañana.

Sigo en la lucha :)
12/03/2014 21:37
Es un caso muy extraño, a ver si nuestro amigo Dick nos puede arrojar alguna luz.
12/03/2014 20:04
pasacero
Puede darse el caso de terrazas/solarium (o como se llame) que no tenga la consideracion de cubierta del edificio (técnicamente no se explicarlo bien) en cuyo caso si es privativa, está en la división horizontal como elemento independiente, etc., pueden venderse por separado, su titular el propietario de las mismas, otro tema es el uso, más que el uso el destino.

Y ya continuando y respondiendo al tiempo a miguelsercos NO tiene porque ser una ilegalidad, y eso se hacía mucho antes, supongo (no afirmo) que esas terrazas no se vendieron sólo como terrazas, sino que están indivualizadas en la DH y se vendieron las terrazas junto con el derecho de vuelo, pues para eso se invertía antes en dichas terrazas. No se si es el caso pero es una posibiidad.
El consultante igual ya lo sabe y por ello las adquirió (no creo que sólo las comprara para tomar el sol, aunque es una opinión), pero sino no estaría demás que se hiciera con la escritura de división horizontal y que también leyera su escritura de compraventa y viera lo que compró, pues igual sin saberlo tiene derecho a edificar, siempre que no lo prohiban las normas urbanísticas actuales, y de prohibirlo habría que ver pues si la norma posterior no salva el derecho real ya nos iríamos a una expropiación.

Salvo mejor opinión.
Saludos.
12/03/2014 16:49
Usted puede dormir con toda tranquilidad y a pierna suelta. Es su casa.
Saludos.
12/03/2014 16:35
Sobre dormir en un solarium/terraza propio.
Delito NO Falta y responsabilidad subsidaria por parte de la comunidad SI.
Ud realiza una actividad peligrosa pero para ud mismo, al dormir en un lugar no habitalitado para dormir. Dormir al raso, y ud solo en una terraza le pasa algo y nadie se entera.
12/03/2014 16:35
Hola.
Sí, pasacero; ilegalidad que habrán pasado por alto cuando embargaron a la constructora, cuando subastaron y cuando inscribieron el "subastero" y el nuevo propietario (el forero), amén de la propia Comunidad. Si es que no están a lo que están!!!
Un saludo.
12/03/2014 16:28
De todas formas para vender así esas propiedades, debe ser previa segregación de un inmueble. Requisito unanimidad. Me da que puede existir alguna ilegalidad.
11/03/2014 22:26
Muchas gracias Juan35sanz y sr. Pasacero, tomo meticulosa nota de cada comentario de este hilo. Siempre un placer.

Pasacero: El hombre al que se los compré tiene una pequeña inmobiliaria familiar en Madrid capital donde vende sus propias inversiones (descubrí su anuncio en milanuncios o segundamano, no recuerdo, con la foto de una terraza).

La urbanización (de momento no quiero decir su nombre) está en el mismísimo centro de Móstoles, se compone de 4 bloques de edificios (una mancomunidad) se oye, y se ve desde mis terrazas el tren cercanías entrar en la estación, a la iglesia se escucha sus campanas, etc. No tiene malas vistas a pesar de la contaminación atmosférica. Por las noches te tumbas boca arriba y ves las estrellas y la Luna, de ahí que me gustaría dormir allí (bien abrigado). Lógicamente no tengo vértigo alguno.

Compré las dos terrazas que suman 55 m2 por unos 4.000 euros en total, impuestos, notarios... todo incluido.

El stock de propiedades que tiene es diverso (naves, pisos, terrenos, etc.) lo que lo diferencia un poco, es que suele adquirir a su nombre bienes mediante subasta pública, es decir, es "subastero", (a veces gana dinero, otras pierde con sus apuestas, ya que cuando quiere convertir algo en dinero, lo vende a pérdida para tener "cash" -ese fue mi caso, perdió algo de dinero-). Mis terrazas eran de una inmo. de Torrevieja con propiedades por Madrid, que quebró, pasaron al estado y el las consiguió del estado en una subasta. Compró la mayoría de las 8 terrazas del edificio (lo menos 5 o 6 creo), trasteros, y creo que algún piso.

Ahora unos vecinos quieren "asustarme" con que "me estan vigilando"... emmm, vale. Esta misma tarde he salido para allá a tomar medidas al milímetro, que no las tenía tomadas con exactitud.

Nuevamente muchas gracias por su asesoramiento y apoyo ante esta extraña e incómoda situación que estoy viviendo.
11/03/2014 17:45
Un caso curioso, que me gustaría preguntarle ¿como se ha hecho Ud con esa propiedad?
Aparte, ya es cuestión de verificar los estatutos que indican sobre el uso de los solárium.
También está el tema de actividades molestas insalubres. Actividades molestas:
Las que constituyan una incomodidad por ruidos o vibraciones, por humos, gases, olores…Ejemplo: celebración de fiestas con asiduidad que generen ruido…
11/03/2014 15:20
no se deje amedrentar la policia no se inmiscuye en temas de comunidades a no ser que sea una agresion y otro tipo de delitos. por temas de chulerias de presidente o propietarios gallitos la policia no comparece.
11/03/2014 13:31
Por si sirve de información el munipio del que hablo es Móstoles (Madrid). Por el momento con el Ayuntamiento son todo buenas palabras :)

Muchísimas gracias AR.Abogada, Alicante.
Sí por lo visto les molesta a los presidentes (y quizás a algunos vecinos) que yo tenga ese solárium-terraza sin tener una vivienda allí.

Sr. Acriton: El solárium-terraza es totalmente independiente, no es un anexo de ninguna vivienda. Es un bloque de viviendas de unos 40 años. De hecho son dos soláriums que estan unidos por un pasillo que tambien es mío.

Pago cuota de comunidad por los soláriums-terrazas, (unos 5 euros al mes por ambos) pero como no tengo vivienda allí, no pago por vivienda. Por lo visto, mi pago cubre acceso al ascensor, reparaciones del tejado, etc.

No pago IBI, aunque acabo de llamar al Ayuntamiento y me dicen que todos los vecinos con solárium DEBEMOS PAGAR IBI, esta claro que me han engañado con la compra... no pasa nada, me daré de alta en el IBI aunque sea solo yó el que lo page del edificio (con tal de que no tengan nada contra mí).

Lo que me asustó ayer cuando hablé con los presidentes, fueron sus frases literales: "que no fuese a menudo", "que no hiciera fiestas", "que ni se me ocurriera vivir allí", etc... me lo dijeron en su casa, invitándome amablemente unos metros en su interior.

Por supuesto creo que se extralimitan, pero quería conocer opiniones profesionales como las suyas. Les estoy sinceramente agradecido por cada minuto empleado en mi situación.

Aclaro que no soy persona que busque problemas con nadie, simplemente mencionaron cosas como "llamar a la policía" (cosa que ya han hecho contra otros vecinos por otros motivos, que quizás sí estaban justificados) y cosas así.

Bueno, el caso es que no tengo "miedo".
Muchas gracias :)
11/03/2014 12:50
¿Es ese solárium-terraza, un anexo de una vivienda?.
¿Paga cuota a la comunidad, por la vivienda?.
¿El IBI de la vivienda, incluye la superficie de solárium-terraza?.
Lo que le comunican de la comunidad, ¿se ha acordado en Junta General?.
11/03/2014 11:18
A su pregunta, ROTUNDAMENTE NO. No es delito hacer uso de su propiedad. Cosa distinta es que exista una regulación municipal que impida realizar alguna actividad en esos espacios que comenta.

Sobre que pase por allí lo menos posible.... No quisiera ser brusca pero, ¿qué narices tienen ellos que decirle a usted cuánto puede o no puede ir a su propiedad?

Espero haberle aclarado que NO ES DELITO hacer un uso adecuado de sus propiedades.

Reciba un saludo,

AR.Abogada, Alicante.
¿es delito dormir en un solarium/terraza propio?
11/03/2014 10:40
SIMPLE PREGUNTA: ¿Es delito dormir en un solarium/terraza propio (balcón grande)?

Tengo dos terrazas grandes en la ciudad al lado de donde estoy residiendo con mis padres.

Creo que los presidentes de esa comunidad vecina, me estan limitando mis derechos como propietario.

# Me dicen que tienen "unas normas" en la urbanización, se las pediré en papel si puede ser. Una de ellas parece que es "que no haga fiestas".

# Me dicen (los presidentes) que NO vaya "a menudo" a mis propiedades, que los vecinos "me pueden ver" (¿cómo? ¿de quien me tengo que esconder?).

# Pago el recibo de comunidad, no tengo deudas. Aviso que no pago IBI, por lo visto los solariums están exentos allí.

# Tengo puertas privadas de acceso a los solariums. Los vecinos no pasan por mis solares para acceder a sus trasteros, o a los demas solariums.

# Me dicen "QUE NI SE ME PASE POR LA CABEZA VIVIR ALLÍ" (varias veces). La verdad es que "vivir" es una palabra enormemente amplia, evidentemente no predentendo RESIDIR, es decir, no tengo ni tendré un buzón de correos, ni pago tanto de comunidad como ellos. Tampoco tengo servicios de calefacción y otros, que ellos tienen.

Básicamente NECESITO SABER si yo puedo ir cuando me apetezca a mis solariums, dormir todas las noches que yo quiera en una tienda de esas de campaña sin clavos (o un saco de dormir "al fresco"), comerme un cruasán con mantequilla, poner unas sillas y mesas (como la vecina de al lado tiene), o incluso una cama (sí, siempre pienso en domir, jaja).

Por favor, NO ESTOY HABLANDO DE CONSTRUIR NADA, ni de pedir que me pongan agua corriente o electricidad, ni nada que sea "obras".

SIMPLE PREGUNTA: ¿Es delito DORMIR en un solarium/terraza propio (balcón grande)?

Como digo, no estoy "sobre las tejas", sino SOBRE MI SUELO PLANO PAGADO ANTE NOTARIO (rodeado con muro y todo, como estan allí todos los solariums), son 55 m2 en total.

Muchisimas gracias. Creo que me estan intentado quitar derechos.