El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiera en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, será castigado con......
redaccion del artículo anterior a la reforma
El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas será castigado con
Sigue buscando, pero bajo mi punto de vista es completamente doloso. Si bebes llevando el vehiculo, "intencionadamente" sabes conscientemente lo que estas haciendo, y no lo evitas.
Muy distinto son los resultados, tal vez estés equivocando eso:
-El problema que puedas causar puede ser "imprudente" pero esas son las consecuencias.
Me gustaría saber si en internet hay alguna página "gratuita" para encontrar jurisprudencia que indique que un delito condenado en sentencia por el artículo 379 del CP no es delito doloso o si alguien conoce algún caso y me pudiera remitir a él. Hay muchas opiniones al respecto, unos jueces dicen que sí y otros que no, pero necesito tener las dos versiones. Si fuerais tan amables de ayudarme os estaría muy agradecido.
Mario