Por favor, EveSpirit o Anónimo, os pido ayuda, de nuevo, porque junto a Dick Turpin, sois los que más os habéis extendido en la explicación de la factura del administrador.
Como después de la Junta, el administrador insiste en que lo que cobra es lo correcto, yo os pregunto: ¿Es cierto que puede ir incluido todo, dice que el cobra 253 euros al mes, y que ahí, está todo incluído, es decir, el IVA y el IRPf descontado, pero a mí no me cuadra, con los cálculos en base a 240 euros que por error os dí en la primera consulta, por favor, ayudadme, porque creo que este señor no es claro.
Muchas gracias.. Se me olvidaba, los 530 euros del IRPF se los carga a la Comunidad como gasto.
Gracias por vuestra paciencia y esfuerzo, en hacer que comprenda cómo deben hacerse las cosas.
Referente a ese vecino es cierto que si es moroso no puede votar, cosa que usted sabe, pero ese vecino con sus comprobantes debería aclara en su despacho la situación.
En lo que se refiere a la actitud del resto de sus vecinos le digo que, es una postura normal dentro de las comunidades, o sea, la insolidaridad, cada uno quiere lo suyo y que la reunión se termine contra antes mejor, que no quieren problemas, y así nos va.
Dick Turpin, anoche tuvimos la reunión y yo no pude aclararme nada, resulta que ha presentado un presupuesto para el año que viene y estas son las cantidades : 3.036 su sueldo anual, más los 504 euros de IRPF, le pregunté que me parecía excesivo esa retención y me dijo que ahí iba incluída la del jardinero. También le dije que no me cuadraba cómo había hecho la cuenta y me ha dicho que es así como se hace, sólo un vecino me apoyó. El administrador dice que no se hacen así los cálculos, como vosotros me habéis dicho. Dice que en los 253 euros mensuales, Esa es otra, dice que no son 240, y que la cantidad antes facilitada, es porque él no ha hecho aún el año, es decir, que cobró sólo los 2426,18, porque las cuentas están presentadas hasta abril y él cogió la contabilidad en junio, porque el anterior administrador cesado, se negó a entregar la contabilidad antes. En fin chico, que o somos idiotas o nos tratan como tal. Lo que más me cabrea es que yo me preocupo de pregunta aquí y los vecinos, dicen que se alarga mucho la reunión con tantas preguntas y que me vaya a su despacho. Otra pregunta, dice el administrador que el vecino que no esté al día en los pagos vencidos de la Comunidad, que no puede votar, hasta ahí llego, sé que es la ley, pero es que un vecino que le demostró con resguardo de justificantes de pago una deuda, que según el administrador tenía con la Comunidad, pero que no era cierto, sino que él tenía pendiente de aplicación 350 euros, que no sabía de quien eran, pero aún así, no le dejó votar, dijo que eso había que haberlo aclarado antes para que él pudiera comprobarlo. El hecho es que el vecino se enfadó, porque le había mandado un correo electrónico, diciéndole que él no debía nada, y que por favor, comprobara los pagos. ¿Actuó correctamente el administrador?
Muchas gracias, Dick Turpin, no sé que haría, sin vuestra ayuda.
Si sigue contabilidad, en los gastos debe aparecer reflejado el gasto íntegro, esto es, 2.426,18 €. Ese es el gasto, no el pago.
Por otra parte deberá desglosar en otra cuenta las retenciones (IRPF) que haya realizado.
En dicha cuenta reflejará no solamente las propias, sino también las practicadas al jardinero.
Si usted hiciera un desglose, a su Administrador le han debido retener 363,93 € y al jardinero el resto hasta completar los 504,00 € que figuran.
La retención forma parte del sueldo del Administrador y por tanto debe contabilizarla como gasto de administración, si bien a la hora de realizar el pago, debe retenerse e ingresarse en Hacienda un 15 por 100 del gasto en la forma que ya expliqué.
Quizá no sea tanb chorizo el lagartillo ese pero como está visto que en este foro hay que demostrar la inocencia, lo dejaremos en salchichón.
Muchas gracias a todos por responder tan pronto, sobre todo, quiero dar las gracias a EveSpirit y a Dick Turpin, porque me lo han dejado muy clarito. Debo pedir perdón, porque me han bailado un poco los números y no me he explicado bien. Hoy tengo delante las cuentas del año: Honorarios: 2426,18, Retención de IRPF: 504. Luego tenemos un jardinero cuyas cuotas a la S. S, así figura en las cuentas son 8.719,12, este año han subido, según las cuentas del administrador anterior, pero debo suponer que es que ha sumado las cuotas de dos meses de los socorristas que tenemos en verano. pero no lo sé, cuando tengamos la reunión prometo contaros las explicaciones que nos da. Pero lo que sí es esta mal es según Dick Turpin y EveSpirit, es que debería haber descontado el IRPF del total de su sueldo. ¿No es así?. Os reitero mis disculpas por no haber especificado bien las cosas, y mi más sincero agradecimiento a todos.
Posteriormente la Comunidad deberá hacer una declaración trimestral los meses de abril 2011, julio 2011, octubre 2011 y enero 2012 en la que declararán en cada trimestre lo siguiente:
Percepciones íntegras por actividades económicas = 203,69 x 3 meses = 610,17 €
Retenciones = (30,51 x 3) = 91,53 € que la comunidad deberá ingresar en Hacienda.
Actualmente el modelo que se debe emplear para realizar dicha declaración es el modelo 111.
Anteriormente era el 110.
En cuanto a los 530 €, como me sorprende que ese profesional les esté tangando el dinero de una manera tan burda, me cabe hacer varias observaciones:
1ª.- Que efectivamente debamos darle la razón a Fontanero, que para variar ya ha planteado que algo no cuadra (y obviamente su Administrador les tanga dinero), cuestión fácilmente comprobable mediante la exhibición de sus facturas.
2ª.- Que su comunidad tenga contratados empleados, por lo que los 530,00 € correspondan a la suma de las retenciones practicadas al Administrador más las retenciones practicadas a los empleados, que se declaran en el mismo modelo 111 de forma simultánea.
3ª.- Que se haya contratado la intervención de otros profesionales a los que se les haya practicado y liquidado retención.
La clave radica en la explicación que de su Administrador, aunque debo reconocer que no sería la primera vez que veo que un Administrador aprovecha el tema de las retenciones para obtener un sobresueldo. Caso de ser así, exíjanle la devolución de lo indebidamente cobrado.
Tengo curiosidad por conocer la respuesta así que si no le importa y nos hace el favor, podría comentarla en el foro.
Espero haberte ayudado, aunque es cierto que me ha costado lo mío, jeje
Bueno, menos mal que en algo estamos de acuerdo y es que los cálculos no cuadran (me refiero a los de ese administrador). Estas son mis críticas hacia estos personajes. Cuando uno de estos elemntos, hace sin distinción de clase social, el abuso de cobrar lo que no se ha contratado o, ha inflado facturas esto me repatea los higados.
Espero que este forer@ "arunda" nos diga como termina la historia.
También es cierto que he repetido lo que ya habías puesto pero únicamente para introducir la ampliación que hago sobre el tema porque me cuesta creer que un Administrador trate de quedarse dinero de una manera tan burda y como soy de los que piensa que antes de dilapidar y crucificar al Administrador debemos buscar otras posibles causas a lo que nos explican, he preferido hacer la exposición de ese modo.
Tenga usted en cuenta que en muchas ocasiones, la explicación que nos dan no es correcta.
Si me atengo a la literalidad de la consulta está claro que les ha chorizado el dinero porque lo que dice es que el Administrador HA PASADO UNA FACTURA de 240,00 € más 530,00 € de IRPF. Si realmente fuera así, lo mejor es aconsejarle que DESPIDAN A ESE CHORIZO, pero reitero que me cuesta creerlo.
No tengo necesidad de destacar. Yo soy un tecnócrata, no un político.
Los "piques anonimos" son perjudiciales para las personas que entramos en estos foros.
A mi personalmente me hacen dudar de la veracidad de cuanto se suele decir; una cosa es decir las verdades y otra muy distinta es decir las verdades que cada cual se quiere creer.
Si nos ciñiéramos directamente en el tema que se plantea y nos dejáramos de "piques" y "dimes y diretes" creo que esto funcionaria mejor.
AVISO: No soy "Cura de Pueblo", ni "Psicólogo", ni "Analista", soy un simple hombre de 53 años que cada día pretende aprender más y más de las cosas cotidianas de la vida.
En breve puede que sea el Secretario o incluso el Presidente de una comunidad que "casi" está hundida y mi intención es levantarla lo mejor y más fructífera posible y ¿sabeis cómo pretendo hacerlo?... pues es muy sencillo, sencillísimo... me "guío de vuestros comentarios, si si, de lo que dice Fontanero, EveSpirit, DickTurpín, etc. etc. porque presiento que son personas muy bien informadas (mucho más que yo) y de las que uno puede y debe tomar ejemplo de sus comentarios; pero... pero... pero cuando se entra en discrepancias personales... ¡Ah no!, hay si que no!, eso dejenlo para los políticos que saben hacerlo muy bien y encima "cobran"; para nosotros que damos las informaciones, las recopilamos y ponemos en práctica pienso que deberíamos dejarnos de "criticar" y actuar en bien de los que menos sabemos y más queremos aprender.
Es mi humilde opinión. Gracias y repito, no soy "cura de pueblo" para dar el sermón pero creo que debía darlo y que cada cual saque sus conclusiones.
Gracias y... "Obras son amores... y NO buenas razones"
Menos mal que has entrado a hacer la misma cuenta que ya le explique yo, pero te equivocas en el total neto Dick, son 209,49€ (usa la calculadora)
No creo que sea invisible, ni que haga falta que repita nadie los datos que ya se indicaron anterior y correctamente.
En algunas personas veo una necesidad de protagonismo que debería consultar a un especialista.
Menos mal que no iba a intervenir más, y no lo digo de mala fe, solo que no entiendo esa actitud, yo iré interviniendo según vea que nadie contesta sin más pero no considero necesario soltar una parrafada en cosas que previamente alguien había dado de forma correctisima.
Posteriormente la Comunidad deberá hacer una declaración trimestral los meses de abril 2011, julio 2011, octubre 2011 y enero 2012 en la que declararán en cada trimestre lo siguiente:
Percepciones íntegras por actividades económicas = 203,69 x 3 meses = 610,17 €
Retenciones = (30,51 x 3) = 91,53 € que la comunidad deberá ingresar en Hacienda.
Actualmente el modelo que se debe emplear para realizar dicha declaración es el modelo 111.
Anteriormente era el 110.
En cuanto a los 530 €, como me sorprende que ese profesional les esté tangando el dinero de una manera tan burda, me cabe hacer varias observaciones:
1ª.- Que efectivamente debamos darle la razón a Fontanero, que para variar ya ha planteado que algo no cuadra (y obviamente su Administrador les tanga dinero), cuestión fácilmente comprobable mediante la exhibición de sus facturas.
2ª.- Que su comunidad tenga contratados empleados, por lo que los 530,00 € correspondan a la suma de las retenciones practicadas al Administrador más las retenciones practicadas a los empleados, que se declaran en el mismo modelo 111 de forma simultánea.
3ª.- Que se haya contratado la intervención de otros profesionales a los que se les haya practicado y liquidado retención.
La clave radica en la explicación que de su Administrador, aunque debo reconocer que no sería la primera vez que veo que un Administrador aprovecha el tema de las retenciones para obtener un sobresueldo. Caso de ser así, exíjanle la devolución de lo indebidamente cobrado.
Tengo curiosidad por conocer la respuesta así que si no le importa y nos hace el favor, podría comentarla en el foro.
Cuando alguien cuenta estas historias en este foro, cosa que sale con frecuencia desgraciadamente, a los profesionales no les gusta, pero es así de indignate esa profesión.
Mire, usted contrató a un profesional que por lo que veo lo hizo por escrito (cosa que no es necesario salvo la parte económica, por aquello de lo que dije y no dije). En ese documento si no se expresaba honorarios, más IVA, más IRPF, total tanto, lo que prevalece es el acuerdo final escrito. Por otra parte, no entiendo que a ustedes les pidan 530 euros de IRPF que supera en más del doble sus honorarios. Esto es una barbaridad. Algo no cuadra.
Le voy a desglosar mas o menos como se realiza la factura de un profesional:
El importe bruto (sin iva=, que en su caso sería: 203,39€
El 18% de IVA (que aunque lo incluye en el precio en el presupuesto en factura debe ir a parte): 36,61€
El 15% de IRPF (es obligatorio para los profesionales) que sería:30,51€.
Al cliente se le suma el IVA la importe bruto, y se le resta el IRPF, que posteriormente tendrá que pagar el cliente a la Agencia Tributaria cada 3 meses (de eso se suele encargar el administrador). Por tanto el importe de su factura mensual seria de: 209,49€ y el pago de IRPF trimestral que debe pagarse a la Agencia Tributaria por parte de la comunidad es de 91,53€.
Nada me cuadra con esos 530€ de los que habla, simplemente pida las facturas al administrador y verifiquelo con alguien que entienda de esto, cualquier empresario aunque sea pequeño sabe hacer una factura.
Un saludo,
¿es correcto que el administrador nos cargue esto?
Veréis el administrador de nuestra Comunidad que hemos contratado, nos dio un presupuesto que para nada se corresponde con lo que ahora nos ha pasado. Se comprometió por escrito,en presupuesto que cobraría, 240 euros mensuales incluído el IVA , pues bien, ahora nos pasa la factura de sus honorarios, con los 240 euros más 530, que dicen que son de IRPF.¿ Es eso correcto? yo tenía entendido que ese concepto es por cuenta del administrador y no de la Comunidad, que ya le pagamos el IVA, ¿no tiene él que deducirlo del total de lo que cobra?.
Gracias a quien quiera responderme.