Las empresas deben aplicar lo que el programa de nómina les calcule, en base, como bien dice a la información del modelo 145. Pero si que te pueden aplicar más si has trabajado con esa empresa en periodos anteriores durante el mismo ejercicio fiscal.
Imagina que has tenido un primer contrato de 3 meses y te han aplicado un 2%. El 2% se mantiene puesto que està previsto que tus ingresos sean pequeños.
A los dos meses te vuelven a contratas y ésta vez con obra y servicio (por lo que está previsto que dure muchos meses) por lo que el programa de nóminca calculara que porcentaje de IRPF aplicarte para compensar esa diferencia entre los ingresos iniciales previstos y los que finalmente recibirás.
En princpio todo eso si has trabajado en la misma empresa. En caso de venir de empresas distintas, consulta que ha pasado.
En los contratos de duración determinada o no se aplica nada o se aplica el 2% de retención.
Salvo que por la información personal/familiar, o de cobros anteriores por otros trabajos o desempleos (para eso piden que rellenes el Modelo 145 al inicio de la relación laboral) hayan visto que te conviene que te retengan más para que no te salga a pagar mucho..., pero aún si fuese ese el caso, ellos tendrían que retener el 2%, y ya luego, si tu has visto que así te puede salir a pagar mucho en tu declaración de IRPF y quieres subirlo, se lo solicitas para que lo hagan. Por su cuenta no pueden poner nunca más de lo que dice la normativa.
Hola buenos dias tengo un contrato de obra y servicio de 25 hrs. Semanales y me dijeron que cobraria limpios al mes 550 euros. Mi sorpresa fue cuando empece a cobrar 471. Llame a la empresa y me dijeron es qu e no te han reyenido de irpf el 2% sino el 15% . no te preocupes que solo sera 1 o 2 meses lo hace hacienda luego te pasara a un 2%. Pero ya llevo 4 meses y no cambia. Es culpa de la empresa por no hacer la npmina bien o es d e hacienda? Es que es mucho dinero para una nomina tan pequeña.