Maica, tengo en mi casa una STS que hecha por tierra una orden de expusion a un extranjero, hace referencia a q existen otras medidas sancionadoras como la multa, pero tengo q buscarla y pegartela por si te sirve y la uisieras incorporar a tu recurso..
Respecto al problema de la emigracion invito a todos los foreros a q miren a canarias y vean las pateras, esto no solo pasa por nuestros aprajes, sino q tambien en muchos otros lugares del plantes, ejemplo Cuba y EE UU; solamente los separa 90 millas, unos 180 km mas o menos; y existe una famosa Ley de Ajuste Cubano que dice q todos aquellos q "toquen tierra" pueden quedarse; pero como es tan amplio ese concepto conozco cubanos q han sido repatriados por tener el agua a media pantorrilla; provoca grandes cantidades de muertes al año; y gran cantidad de repatriados q ven frustradas sus vidas, pues al regresar hubo un tiempo en q te mandaban para la base de Guantanamo y luego a suelo cubano , pero una ves dentro asi hayas sido el mejor ingeniero astronomo, o medico o abogado o presidente del tribunal supremo, o maestro o agricultor o barrendero, jamaz vuelven a ser personas. la emigracio, inmigracion nos marca a todos, la diferencia esta en que la hayamos visto decerca o vivido. Solo tenemos q recordar a mucho de neustros abuelos.
Bueno Maica, lo dicho q si encuentro la Stcia te la pongo. Saludos.
Estoy de acuerdo contigo. Sin embargo, Ajandro, la legislación de extranjería es clara al respecto cuando dice que es causa de inadmisión a trámite tener abierto un procedimiento administrativo que pueda culminar con sanción de expulsión o tenerla ya dictada.
Entiendo que tal vez una causa para recurrir es que se tendría que haber dado al interesado un trámite de audiencia en el procedimiento sobre concesión de la autorización de residencia y trabajo, pues si éste contaba con todos los informes de arraigo e inserción social favorables y con una oferta de trabajo cumpliría los requisitos para regularizarse. Pero ya te digo, no encuentro jurisprudencia para este caso concreto y es lo que más me está preocupando.
Sigo abierta a vuestros consejos. Gracias y nada, a ver si a alguien se le ocurre algo.
Hola.
Me es imposible no destacar en primer lugar mi desconocimiento total en el tema que aquí toca y que por tanto mi opinión nace de la mera voluntad de aprender y en los límites de mis posibilidades echarte una mano. Dicho esto, si tu interés radica en recurrir la denegación de la solicitud de autorización temporal de residencia y trabajo, sería interesante e imprescindible conocer cuales fueron los motivos de esa denegación.
Respecto a la pregunta que abre este hilo: efectivamente si la solicitud de autorización no fue previa a la notificación de la orden de expulsión, dicha resolución habrá de ser inadmitida, en tanto la orden de expulsión esté motivada por alguna de las causas legales existentes para fundamentar dicha decisión, sin embargo, en este caso, se da la circunstancia de que la solicitud de autorización fue presentada con anterioridad a la notificación por tanto lo relevante sería determinar en qué medida el hecho de que la solicitud se presentara con anterioridad a la notificación efectiva, invalida la denegación de dicha solicitud en base a que la orden de expulsión no podrá ser acordada antes de que se verifiquen la concurrencia de las circunstancias que harían posible la admisión de la solicitud mencionada, y más si la causa de la inadmisión de la solicitud de autorización temporal de residencia y trabajo se funda en la propia orden de expulsión.
Gracias ana abogada. Lo primero lo sabía. En cuanto a lo segundo, lo que tengo que recurrir es la denegación de la solicitud de autorización temporal de residencia y trabajo. Saludos.
Si la solicitud de permiso es por arraigo, si la cita para la entrega de la documentación la tenía antes de que se iniciara el procedimiento de expulsión se puede conseguir que se anule esa orden.
Si no es así en la vía contenciosa se puede solicitar la sustitución de la expulsión por multa debido al arraigo que tiene en este país, hay sentencias que así lo manifiestan, además hay una sentencia del TS que sice que la mera estancia irregular en España no implica que se deba iniciar un procedimiento de expulsión.
Si la orden no ha sido notificada en un plazo de 6 meses desde que se incoó, se puede pedir el archivo por caducidad del procedimiento, si no es así solo queda la via contenciosa.
Respecto pagar sanidad y la educación a lo irregulares, no es una cuestion de justicia es una cuestión de humanidad; puede que no sea justo pero es humano ¿o es que somos animales?.
Gracias jjcoli. Supongo que lo dices porque alguna vez lo has hecho. Podrias, por favor, explicarme en qué articulado te basas para pedir el archivo. Te lo agradeceria mucho. Gracias, gracias.
Para "maicavasco"
Solo veo una posible solución a tu problema, solicitar EL ARCHIVO de la resolución de expulsión, aportando para ello todo lo que tienes para el arraigo.
Si tu cliente no tiene antecedentes judiciales o policiales que lo desaconsejen, tienes una alto grado de posibilidades de que se produzca ese archivo.
Esta es la única solución inmediata que yo le veo.-
Para "Mehdi"
En España hay una Ley de exrtranjeria y si tu tienes interes en quedarte en este país tendras que adaparte a ella. Con respecto a la "justicia de esta Ley" yo la considero absolutamente justa, solo por ser extranjero y no contar con medios economicos, esta "injusta Ley" ya te garantiza la asistencia juridica GRATUITA así como interprete. ¿Sabes que por encontrarte ilegal tienes derecho a la sanidad pública (que pagamos el resto de españoles) así como a la educación?, Ya me explicaras donde esta la injusticia.
Con relación a tu arraigo, si no tienes el empadronamiento y se inadmite a trámite, entiendo que no tienes ningun forma de demostrar lel tiempo que hace que estas en España, por lo tanto PERFECTA la inadmisión, y para mi no existe ninguna duda de tu ilegalidad en este país, por muchos diplomas que tengas y por muchos idiomas que hables, el unico culpl¡able de tu situación eres tu. No hay que olvidar que existen otros metodos para conseguir estasr legal en España.
Entiendo su caso. Me imagino que habrá interpuesto los oportunos recursos. Yo, por si alguien le interesa o le sirve, cuando tenga terminado el recurso y se me ocurra, por fin, algo que poder alegar, lo colgaré en el foro. Seguro que ya la semana que viene, porque septiembre está a la vuelta de la esquina. Saludos.
buenos dia disculpen las molistias ,te digo que en españa no hay justicia ni libertad en la thema de extranjeria,todo es mentira ofrecen papeles con condiciones muy dificil,al final siembre volvemos en el mismo punto.a mi caso por ejemplo:he presentado la solicitud en 07/05/2005 inadmision a tramaite porque me faltaba la empadronamiento por omision que el dia 02/06/2005 me lo han entregado.el dia 20/05/2005 al carecer de mis documentos la policia nacional en barcelona me han echo un orden de expulsion en el momento que tenia un plazo legal para hacer el recurso de reposicion que el dia 06/06/2007 lo he presentado .y todavia no tengo papeles tampoco derecho aunque tengo diploma deinformatica de la universidad RWTH Aachen allemania y hablo 6 idiomas,ahorra estudio la gestin hotelera
los españoles son tontos,a veces ofrecen papeles a immigrantes que no lo meriten,tenemos que pensar a una imigracion selecionada repito imigracion selecionada y muchas gracias.
un saludo
Y mucho ojito con lo que decimos, ajo al parche. Que yo por quere ayudar a Enola para que le contestarais, que 8 días llevaba achicharrándose ahí solita la pobre sin que nadie la ayudara, mira como me borraron. Pa que luego digan que en Egpaña hay libertad...sí, sí...
Con el permiso de kapitán, y espero que no se enfade, reproduzco su particular visión de los inmigrantes ilegales:
Autor: kapitan Fecha: 16/08/2007
Seguramente los extranjeros que llegan en patera no son alojados en hoteles cinco estrellas, faltaría más. Son internados en los CIE (Centro de Internamiento para Extranjeros) por poquitos días. Un extranjero irregular sólo podrá pasar en toda su vida por un máximo de 40 días en un CIE, por lo que en cuanto se determina que no es posible su devolución o retorno inmediato y tras haber pasado una revisión médica se le monta en un avión y se le larga con un dinerillo y ropas limpias a grandes ciudades del país.
Posteriormente, cuando por las circunstancias y los avatares de la vida sea detenido por otras causas, podrá ser internado de nuevo en un CIE hasta su extradición o hasta computar esos 40 días de que hablaba, lo que antes se cumpla, o bien, si no es posible nada de ello se le volverá a poner en libertad siempre lo antes posible, atendiendo a ese tope previsto por la legislación española.
Cada día entran miles de irregulares de gran número de nacionalidades, etnias y religiones, no sólo en patera, llegan en avión, autocar, vehículos particulares, barcos de línea..., todos se buscan la vida como pueden o quieren como es lógico. Los hay trabajadores de los que no voy a hablar pero también los hay que desde el primer día se les puede encontrar robando, vendiendo droga, hurtando...
La gran mayoría jamás llega a integrarse, forman guetos en ciudades y pueblos, no respetan nada ajeno ni valoran lo que se les ofrece, recordemos sucesos como la ocupación de la Catedral de Barcelona, cuando más de mil extranjeros se encerraron durante algunos días reclamando papeles para todos y la derogación de la Ley de Extranjería. Cuando los sacaron estaba el altar mayor como un retrete, lo habían utilizado para hacer sus necesidades. Alguien se imagina qué hubiera sucedido de haberse producido los hechos al revés?
Generadores de economía sumergida, no aportan nada al interés general, sólo gran demanda de servicios, de "justicia", de sanidad, de formación escolar, vivienda…, aprovechan como es lógico los mecanismos legales que tienen a su disposición como nadie.
Un irregular, lo primero que hace cuando llega a una ciudad como Barcelona es empadronarse, solicitar la tarjeta sanitaria y matricularse en algún curso, gratuito por supuesto, de catalán al que no asistirá en la vida, todo ello para demostrar arraigo y entorpecer su extradición.
No todos ellos tienen la suerte de ser detenidos en el momento de entrar en el país, por lo que directamente aparecen en nuestras calles. Son portadores de enfermedades altamente contagiosas ya erradicadas aquí desde hace muchos años y para las que no estamos preparados. Muchos de ellos, aun sabiendo que son portadores de esas enfermedades, no adoptan ninguna precaución para no transmitirla, por básica que sea.
Maicavasco, puedes acogerlos con toda misericordia en tu casa, alimentarlos, costearles sus necesidades, caprichos y vicios, pero no pidas al Estado más de lo que ya hace al menos en el plano asistencial. Sí puedes pedirle una nueva política inmigratoria con acuerdos reales con los países emisores, no como los actuales.
JAJAJAJAJAAJA, qué bueno Odín, llevas razón, JAJAJAJAJAJAJA, si te escuchara uno de este foro, que no me acuerdo quién era, que puso a los inmigrantes de vuelta y media (creo que kapitán), te colgaba una medalla, JAJAJAJAAJAJA, qué bueno tu comentario. Ays, que me parto.
Ya, esa es una opción, pero mientras tanto una persona que tiene una oferta de trabajo y todos los informes de arraigo favorables, debe continuar como inmigrante ILEGAL hasta que un juzgado decida anular la orden de expulsión? Me parece ... !!! No sé que voy a hacer, estoy desesperada, BUAHHHHHH!!! BUAHHHHHH!!!! BUAHHHHH!!! BUAHHH!!! (snif, snif, snif, rrorrroo, snif, snif, snif).