Hola. La empresa debe comunicar el inicio del ERTE a los trabajadores . Después debe hacer la comunicación a la autoridad laboral de la comunidad autónoma por fuerza mayor. No debe de dar de baja a los trabajadores en la Seguridad Social. A los 7 días se autoaprueba el ERTE. Lo comunica a los trabajadores, a la autoridad laboral y al SEPE.
Los trabajadores deben ponerse en contacto con el SEPE mediante D.N.I. digital, o simplemente por internet a fin de facilitar la cuenta bancaria. Parece ser que ahora no será necesario acudir presencialmente al SEPE para solicitar el paro dada la situación de alarma que se prolongará otros 15 días.
Saludos
Hola , la empresa dnd trabajo acaba de serrar por el Estado de alarma. Yo solo he cotizado 8 meses. Tendré derecho al paro ? A la ayuda ?
Que tengo que hacer ? Hace la empresa ?muchissima gracias