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Erte, baja por it e incapacidad

2 Comentarios
 
Erte, baja por it e incapacidad
01/10/2021 21:40
Buenas noches, soy jefe de cocina y tengo 40 años. En marzo del año pasado mi empresa me incluyo en un erte, en junio me intervinieron de urgencia por perdida de movilidad en piernas por invasión del canal medular por un tumor (linfoma estadio IV y metástasis osea), tras dos líneas de tratamiento, radioterapia y un autotransplante de medula en diciembre el tumor ha desaparecido pero tengo secuelas, tengo que desplazarme con un andador, dolores todo el día en mi espalda por los cuales tomo morfina, más toda la medicación por el tema del auto transplante pues para colmo después de 10 meses mi medula no ha recuperado los valores normales y tengo anemia, plaquetas y defensas bajas. Me paga la mutua porque mi empresa tiene las contingencias comunes incluidas pero la cantidad del erte 1170€. Y aquí viene mis dudas, llevo 16 meses de baja y cuando me dieron la prórroga de los 6 meses me dijeron que podrían verme a partir de septiembre (tan solo 3 meses desde el tribunal) y mi gran miedo es que me den el alta, y las incapacidades la total según leo es el 55% del salario base, todo el tiempo de erte aunque cobro 1170€ en la seguridad social aparece el importe de mi salario base, es el que cogerían para hacer el cálculo o lo que cobro de erte???
Mi empresa puede rescatarme del erte si deciden terminarlo??? O el hecho de estar de baja lo impide??? Y si siguen con el erte pueden contratar a alguien en mi lugar sin rescatarme aún estando de baja, es legal???
Perdonad por extenderme tanto pero soy un mar de dudas y esta situación es caótica. Muchas gracias
02/10/2021 12:47
Piersy
Hola.Si la empresa no renueva el ERTE, tú pasarías a cobrar la baja directamente de la empresa, hasta los 18 meses, momento en el que la empresa te daría de baja de cotización ( el contrato laboral pasaría a estar suspendido hasta la resolución posteriro del INSS).Posteriormente cobrarías la baja nuevamente de la mutua.
La empresa no puede contratar a ningún personal si está en ERTE.
En cuanto a la posible pensión de incapacidad permenente, la base reguladora se calcularía tomando en cosideración los últimos 5 años cotizados anteriores a la finalización de la baja, pues tienes 40 años.Si tuvieras más se calcula la edad menos 20 y se divide por 4, hasta un máximo de 8 años ( se aplica a los que tienes más de 52 años.
Durante la baja al igual que en el ERTE se cotiza al 100 % y no tiene nada que ver con la cantidad que se cobra.
03/10/2021 11:26
Muchas gracias por su respuesta, entiendo que a partir de los 18 meses, esté en erte o no, la empresa suspende mi contrato hasta que el INSS diga que hace conmigo, es así??
Lo de las contrataciones es rocambolesco pues mi empresa lleva en concurso de acreedores desde hace algunos años y el mes pasado una empresa externa se ha empezado a hacer cargo de la explotación de actividad y de los gastos generados desde septiembre y no de lo anterior, pueden entonces contratar a nombre de la empresa de explotación?? Entiendo que estando de It no me van a rescatar por no poder hacer mi trabajo pero no veo justo que me dejen "aparcado" y otra persona haga mis funciones, pues pienso que sí la empresa tiene que cubrir mi puesto el primero debo de ser yo y deben rescatarme (aún sabiendo que estoy en It y no podré incorporarme) y entonces contratar a otra persona para mí puesto, no se si me explico bien, estoy confundido en mi manera de verlo??? De nuevo le doy las gracias