Como veo que hay muchos post diversos sobre errores judiciales, para unificar y no perjudicar a la gente entra en el foro a hacer consultas, y puede ver desplazado su post por los multiples que se abren sobre noticias sobre errores judiciales, propongo que los pegueis aqui.
Juez condena a joven que atropello a 34 personas en Oviedo a 39 años de carcel, AUNQUE SOLO CUMPLIRA SIETEEEEEEEE.
17 delitos de lesiones, 14 faltas de lesiones y conduccion temeraria. Los hechos ocurrieron en una calle peatonal, llevandose por delante a todo el mundo que se cruzo en su coche. Se considero la atenuante de embriaguez. La tasa de alcohol era de 0,61 a 0,50 mg en aire espirado.
Pese a lo abultado de la pena, el acusado, que lleva ya dos meses en prision, NO CUMPLIRA MAS DE SIETE AÑOS DE CARCCEL, ya que el codigo penal dicta que el acusado solo puede cumplir el triple de la pena mas alta, que es de dos años y seis meses.
Hola, buenos días.
A mí me deja como mi nick indica, perplejo esta caractrística tan extraña, a mi entender, de nuestro ordenamiento jurídico según la cual las condenas no se cumplen en su integridad.¿Qué sentido tiene dictar una condena de 39 años de prisión y que se quede en la práctica en 7?
¿Da imagen de seriedad esas rebajas?
¿No creen que debería reformarse el código penal?
Lo que le deja perplejo no es sino el resultado de aplicar teorías “humanistas” muy en voga en los 70, que apostaban porque las penas privativas de libertad no debían ser un mero castigo sino un medio de recuperar al individuo para la sociedad, que lejos de limitarse a “encerrarlo y tirar la llave” (al condenado claro) lo que había que hacer era trabajar con el condenado para conseguir que pueda retornar a la sociedad y vivir en la misma respetando la ley. Como ya dije en otro lugar de este foro, dicha tesis puede ser o no discutible, pero lo cierto es que en base a la misma se elaboran el art. 25 de la Constitución Española, Ley Orgánica General Penitenciaria y, como no el Código Penal (a pesar de que su introducción se produce en 1.967). Pues bien resulta incompatible con el establecimiento de un sistema orientado a la resocialización la prisión perpetua o las penas de larga duración, por cuanto las penas excesivamente largas no consiguen dicha reinserción sino que terminan provocando la destrucción del sujeto al producir daños irreversibles en su personalidad (y hay estudios que lo demuestran).
¿hay que reformar el código penal?, para que un sujeto al que se le condena por hechos como los que refiere cumpliera la pena integra o casi la totalidad habría que replantearse hasta los principios constitucionales en esa materia.
En todo caso yo le propongo que haga un ejercicio mental y se plantee que puede sentirse “en el otro lado del campo”, porque aun entendiendo lo que dice también puedo imaginarme como el condenado pueda decir “tampoco por haber cometido un error en mi vida tienen que destrozarme”. Por cierto, aunque parezca que no, siete años en la carcel son un tiempo considerable.
Las penas de larga duración destrozan al individuo y hacen completamente imposible e inviable la reinsercion social. La ley penitenciaria es fruto de muchos años de investigacion y volver al pasado es caminar hacia detras como los cangrejos.
Si maicavasco, pero cada vez menos gente cree en la reinserción. 1.- Porque de hecho prácticamente no se está consiguiendo nada y 2.- Es muy cara. A pesar de que la legislación penitenciaria sigue siendo la misma las "macroprisiones" que se están construyendo en los últimos años contribuyen a la deshumanización del trato.
Y entonces su opinion jurist al respecto cual es? Es decir, deberiamos entonces defender o consolidar un endurecimiento de las penas, o la cadena perpetua incluso?
Ojalá la cuestión fuese tan simple como optar por mayores o menores penas, no lo es. Acabar con el delito, o mejor, reducirlo al mínimo requeriría (a mi modesta opinión) muchas y costosas reformas y solo una parte afectaría al ordenamiento penal. Pero como el debate está centrado en la regulación penal le diré que no creo que un mero endurecimiento de las penas e incluso la cadena perpetua fuesen una solución (teniendo en cuenta de que entiendo que la cadena perpetua sería inconstitucional). Como ya tuve oportunidad de decir en otro lugar del foro ¿qué preferimos seguridad o libertad?, ¿hacia que lado debemos inclinar el péndulo?. Yo particularmente prefiero la libertad, pero ello provoca una disminución de la seguridad de modo inevitable.
Por otra parte, confiamos en el ser humano o no (e incluyámonos también nosotros que nadie está plenamente “libre de pecado”, por cuanto todo el mundo puede cometer un error en su vida). Si lo hacemos vamos a invertir dinero, porque de otro modo es imposible, eso si, hay una mala noticia, la caja es finita y buenas carreteras, buenos hospitales, .........y buena justicia es imposible, lo que pongo en una hucha lo tengo que quitar de otra. Y vamos a invertir dinero tanto en la administración de justicia como en la penitenciaria, puedo asegurar que la administración de justicia es como un embalse en época de sequía, uno ve caer agua y es tal la necesidad que parece que nunca se termina de llenar. O no confiamos en la recuperación, bien, no nos limitemos a cambiar el CP, cambiemos también la constitución y denunciemos el pacto internacional de derechos civiles y políticos, el convenio europeo de derechos humanos y cuantos tratados internacionales hagan referencia a la materia (otra conducta sería farisaica).
En todo caso no quiero resultar demagógico, resumiendo, no a la cadena perpetua, no a la ampliación desmesurada del código penal (a este ritmo retrasarse en el pago de la comunidad va a ser delito) y cuanto más el establecimiento de un margen más amplio para la imposición de penas (elevando el máximo en determinados supuestos) dejando el suficiente margen de discrecionalidad a los jueces (a quienes hay que dotar de medios suficientes) para que atendidas las circunstancias concretas del hecho y del delincuente puedan moverse por dicho margen.
En cualquier caso, pienso que el avance en materia penal podria estar en buscar soluciones o vias alternativas a la pena privativa de libertad, como se ha intentado en menores, solo que, como tu bien dices, hace falta mucho dinero para poner en marcha procesos e investigadores ambiciosos, que, por desgracia, el estado parece no tener. Un saludo.
Si, muy interesante todo lo que dicen, pero hay una cosa que esta muy clara. La ley esta asi, y aplicando la ley no se pueden cumplir mas de siete años. Ahora yo me pregunto: por que los periodistas, cuando tratan la informacion, lo hacen de una forma tan sensacionalista que quieren hacer ver como un error judicial algo que nos nada mas que una pura y simple aplicacion de la ley?
Efectivamente, la cárcel no es buena paranadie, peor e lcarácter de la Ley es disuadir de la comisión de delitos o faltas ya que de no ser así se "animaría" a la comisión de delitos, habida cuenta de la conocida impunidad, es decir así mal y de la otra manera peor.
Hola amigos., disculpad, repito el post anterior por contener algunas faltas que pueden inducir a error.
Efectivamente, la cárcel no es buena para nadie, pero el objetivo de la Ley es disuadir de la comisión de delitos o faltas ya que de no ser así se "animaría" a la comisión de esos delitos, habida cuenta de la conocida impunidad, es decir así mal y de la otra manera peor.