Os rogaría una pequeña aclaración sobre este asunto.
Durante la tramitación de una causa penal que ya se archivó definitivamente por falta de pruebas resulté detenida tres días como consecuencia de una orden de puesta a disposición judicial que se dictó contra mí porque, desconociendo el juzgado mi domicilio real (y que constaba en todos mis documentos civiles), me notificaban a uno en el que viví años atrás.
Considerándome en indefensión y desprovista de la tutela judicial efectiva por esa actuación, formulé una reclamación por anormal funcionamiento de la Administración de Justicia, pero, emitido dictamen desfavorable por el CGPJ, y resuelta la reclamación por el Ministerio, me notifican que se desestima mi pretensión porque NO SE TRATA DE ANORMAL FUNCIONAMIENTO sino del otro ámbito, el de ERROR JUDICIAL.
Como para iniciar esa otra vía sólo deben transcurrrir tres meses desde que pudo ejercerse la opción y yo reclamé por la vía del anormal funcionamiento, ¿puedo ahora incoar la reclamación por error judicial o ya no tengo esa opción?
bueno mi consulta es mas bien una peticion de ayuda,ya que me han condenado por un doble intento de homicidio que no cometi,de esto hace ahora 10años.mi abogado recurrio al supremo pero soy consciente de que no me voy a librar,psicologicamente no puedo mas,toda mi vida se va a la mierda y sin recursos economicos ya se sabe que la justicia no lo es tanto,asi que no se que hacer aparte de hundirme un poquito mas cada dia.gracias por vuestra atencion