El recibo que pagó, incorrectamente, a nombre de otro señor, entiendo que debe ser reclamado por éste como ingreso indebido, ya que en el ejercicio de 2002 no era el propietario del inmueble.
El que pagó a su nombre, en 2002, es correcto.
Y el del año 2001 correspondía pagarlo al vendedor, ya que el devengo del impuesto se aplica al titular que figura en 1 de enero del año correspondiente.
Mal hecho por pagar un IBI sin que fuera a tu nombre, esto debió ser porque no comunicó el Notario el cambio de titularidad en el catastro, cosa que tiene obligación de hacer cada tres meses, o la Escritura no se pasó por el Registro de la Propiedad, si no así, entonces sí podrías reclamar por error en el Catastro, si todos los pasos anteriores se hiciceron. De cualquier forma, si hubo error en el Catastro y el 2002 debío pasarse a tu nombre, y no se hizo, ahora se hace y te corresponde pagar, pues eras titular a 1 de enero de 2002 de la vivienda, y es el día de devengo del Impuesto. Por lo que dices parece ser que, lo que se te ha girado a ti es una LIQUIDACION POR ALTA IBI, en este caso, podrías hacer lo siguiente: Podrías aportar el recibo pagado del año 2002 y pedir que se te COMPENSE, con la anterior liquidación alta IBI, aportando por supuesto el original del año 2002 pagado por ti con su nombre.
No tienen derecho a exigirte recargo si tu reclamaste dentro del periodo de pago voluntario de esta nueva Liquidación que se te gira, y pusiste en la reclamación que el procedimiento de apremio se paralice si llegado el vencimiento del periodo de pago voluntario no está resuelta tu reclamación.
El recibo del año 2.003 debes pagarlo porque legalmente eres el obligado a ello, ya te he dicho que el titular a 1 de enero es el obligado al pago, y ahí no hay ningún tipo de reclamación, ni te molestes en buscarlas. Si no pagas se irá primero contra salarios y cuentas banco tuyas, y luego contra el inmueble. Mi consejo, solicita la compensación del 2002 y paga, sin rechistar 2003.
Hola, tengo un problemilla y por mucho que me he puesto en contacto con la administración y he mandado dos reclamaciones no me hacen caso y temo que el dia de mañana esto vaya en mi perjuicio.
Os explico mi caso a ver si podeis ayudarme. Yo compré una vivienda en el año 2001 y solicité la subrogacion y el cambio de titularidad para que el recibo correspondiente al año 2002 del IBI (o contribución) me fuera pasado ya a mi nombre pero no dio tiempo a formalizarlo y llegó el recibo a nombre del antiguo propietario, pero aun así yo procedí al pago de este. Hace cuestion de un mes me reclaman el pago de nuevo del año 2002 pero ya a mi nombre y con la subrogacion otorgada, por lo que aumenta la cantidad bastante. He reclamado esto mediante dos escritos, en uno solicito que me sea devuelta la cantidad que pagé a nombre del antiguo propietario el año pasado y de esa forma pagaré el que tengo pendiente. Y tambien he reclamado que no me sea cobrado de nuevo ya que ese periodo está pagado.
En ambos casos me han dicho que es probable que no consiga nada y que realice el pago del que tengo pendiente antes de la fecha de vencimiento para que no me cobren el recargo.
Mi pregunta es la siguiente: Yo ya no vivo en la localidad donde se me reclama dicho recibo y la vivienda tampoco la tengo puesto que la vendí en febrero de este año (2003). Si no pago dicho recibo que puede ocurrir? Los daños van contra la persona o contra el inmueble?
En espera de vuestra respuesta. Gracias por adelantado.