Se puede recurrir en casación por error material en la apreciación de la prueba en el siguiente caso?
El juzgador a quo examina un documento de forma parcial, esto es, no lo lee entero, puesto que en el primer párrafo del mismo se dice una cosa,pero al final del documento (de alguna manera) se rectifica. El hecho cierto es que el Juez tiene potestad para apreciar libremente el documento, pero creo yo que debe examinar "todo" el documento.
Pido consejo y orientación jurisprudencial para interponer el R. Casación.
Por lo menos en Bolivia, la apreciación de las pruebas del aquo son incensurables en casación. Sin embargo, si se cometió un error de derecho sí se permite impugnar en casación. Si el error fue de hecho, también puedes hacerlo pero debes acompañar nueva prueba que justifique tu casación.
Pero realmente creo que no se trata de tecnicismos sobre la casación, en realidad se trata de obtener un fallo justo. No sé si en tu país te permiten hablar con los magistrados para explicarles la situación real y pedir se haga justicia. Si puedes hacerlo, hazlo. No te esclavices con tanto tecnicismo.
Atte,
Abogado Boliviano
Sr. abogado boliviano, aquí no está prohibido hablar con los magistrados, ni mucho menos, pero hacerlo para tratar del tema objeto de litigio es impensable, improbable y casi imposible. Además de que están muy endiosados, su volumen de trabajo es tal (en algunas jurisdicciones y órganos) que no sabrían ni de qué se les habla. Me parece que más que dos culturas jurídicas distintas hacemos referencia a 2 galaxias diferentes.