Lo que tienes que hacer es subsanar el 190, es decir hacer declaración complementaria, y en el caso del trabajador afectado si ya ha realizado la suya tambien deberia de hacer su declaración complementaria, y el problema solucionado.
Al hacer el 190 de la declaracion de I.R.P.F. de 2003, me he dado cuenta que a un trabajador le he hecho menos retencion que la que debia.El trabajador va hacer su declaracion y va a pagar lo que le salga.De cara a una inspeccion pueden sancionar a la empresa por este caso?gracias.