Redondearé las cifras para que se vea mejor el error.
Presenté una demanda a mi seguro por un año y medio de baja laboral (18 meses,547 días).
- La prestación pactada era de 10.000 diarias.
- La aseguradora comentó telefónicamente(por error o intencionadamente)que la práctica común era a partir del año pagar 200.000 mensuales
En el texto de la demanda pedí:
- 10000 * 365 días = 3.650.000
+ 200.000 * 6 meses = 1.200.000
- El juez ha admitido la demanda por cuantía de la suma, es decir 4.850.000
En el documento adjunto de la demanda en que hacía el cálculo pedía la cifra correcta que no son 200.000 mensuales, sino 10.000 diarias, que representan 300.000 mensuales (no 200.000). El cálculo del documento adjunto era:
- 10000 * 365 días = 3.650.000
+ 10000 * 182 días = 1.820.000
que suma 5.470.000
¿Qué debo hacer (en la vista previa o antes?) y en base a qué artículos y jurisprudencia para que el juez decida sobre la cifra correcta que es 5.470.000 según los cálculos del documento que adjunté que son distintos como he explicado al texto de la demanda?
¿En qué tipo de procedimiento estamos: verbal u ordinario?
Si es ordinario, en el acto de la audiencia previa se puede modificar la cuantía, pero antes de empezar (yo lo he hecho alguna vez y no ha habido problemas).
Si es verbal, yo presentaría un escrito donde se aclarase el error padecido para que se le dé traslado a la otra parte antes de la celebración de la vista.
En los actos de Audiencia Previa, y nada más comenzar, antes de que den la palabra a nadie, he solicitado a su Señoría la modificación de la cuantía consignada en la demanda. Cierto es que siempre he modificado la cuantía a la baja, por tanto nunca ha habido oposición de la otra parte; además la modificación de la cuantía no ha hecho que haya que cambiar de procedimiento.
Sigo pensando que ha sido un error matemático, puesto que, tal y como adjuntas con tu documento, la valoración correcta es 300.000 mensuales. Por tanto no veo que hubiese problema alguno en modificar la cuantía (en subsanar el error) antes de que le den la palabra a nadie en la audiencia previa. Pero, para curarte en salud, lo que te recomiendo es que hables con el funcionario que lleve el asunto, con el secretario judicial (mejor que con el funcionario) o con su señoría y les expongas el caso para ver si debes rectificar la cuantía por escrito antes de la audiencia para que den traslado, o en el día de esta audiencia antes de que se dé comienzo al acto. A ver cuál es la costumbre de tu foro...
Esto te lo aconsejo porque no queiro que te veas "pillado" a última hora porque haya otra costumbre en tu foro; aunque estoy "casi" segura (porque en Derecho no hay nada 100% seguro) de que podrás hacerlo en el mismo día de la audiencia, antes de que se dé a nadie la palabra, recuerda.