Mi jefe va a hacer un ere en la empresa despidiendo a todos los trabajadores, menos a 5.
El ere es innegociable 20 días por año trabajado máximo 12 mensualidades. Pero como la empresa tiene pérdidas nos ha dicho que la liquidación nos la paga prorrateada en 12 meses. Mis dudas son:
Qué garantías tengo de que me lo pague en dichos plazos ¿ese trato se firma ante un juez? ¿Cuales serían los pasos que tendría que dar si se pasa algún plazo y no me ha ingresado el dinero en la cuenta?
De nada.
Aquí no creo que haya adivinos. Sin conocer a la persona o empresa que te tiene que pagar, desconocemos la fiabilidad de lo que dice.
Si no te paga el primer plazo en fecha, demanda por cantidad. Tienes un año desde la fecha en que se adquiere la deuda.
En cualquier caso, le recomiendo que el acuerdo que alcancen para el fraccionamiento del pago establezcan algún tipo de cláusula en la que se diga que el incumplimiento de cualquiera de los pagos dará lugar a la posibilidad de reclamar la totalidad de la deuda.