Para los puestos que ha extinguido mediante ese ERE, entiendo que no. Puesto que constituiría un claro fradue de Ley.
El ERE no está pensado para despedir de forma barata y sustituir a trabajadores caros por otros mas baratos y con menos derechos.
CReoque en la negociación deberías de alguna manera de atar la posibilidad de un compromiso de en caso de necesidad de personal para ocupar en un futuro esos puestos extinguidos, tendrían que ser llamados los trabajados afectados por el ERE y que de no hacerse así la empresa reconociese la improcedencia de ese despido.
Creo que en este caso sería muy interesante la aportacion de Pang.
En el hipotético caso, de que la Generalitat apruebe un ERE parcialmente (la solicitud es despedir a 245), y por ejemplo se despidan a 100 personas, ¿La empresa puede a continuación contratar a otras 100 personas con salarios netamente inferiores?