Estimación hecha con los siguientes datos hipotéticos :
Hombre
soltero
nto: 01.03.1964
20 años últimos más 2 de Paro con BC máxima.
Cuando termines el Paro, si te quedas con 30 años cotizados, sólo puedes acceder a la Jubilación ordinaria el 01.03.2031, a los 67 años 0 meses 0 días.
BR 1.732,- €
Por años cotizados : 30,02 = 84,20% de la BR
Pensión = 1.458,61 € brutos x 14 pagas.
Esta opción la tienes por haber sido despedido por ERE en tu última relación laboral :
Si cuando termines el Paro, cotizas el CE por un periodo mínimo de 3 años, para alcanzar los 33 años exigidos por la nueva Ley (27/2011), podrías acogerte a la Jubilación anticipada por crisis el 01.03.2027 (4 años antes), pero una vez aplicados los dtos. por años cotizados y edad, quedaría un 63,728 % de la BR de 2305,. € = 1.469,- €. brutos x 14 pagas.
Los 3 años de convenio especial te los he contado a 2.000 € mes, representando una cuota de 532,04 € x 36 meses (2000 x 28,3% x 0,94).
El CE te representaría un coste de 19.150 €, pero anticiparías la pensión de 1.469 x 14 pagas x 4 años = 82.264 € total.
Con 37 años cotizados se optaría al 100% de la BR.
Pero de aquí a entonces, siempre cabe la posibilidad de encontrar un trabajo (?).
Ante todo agradecerte la respuesta, cualquier información que pueda recibir será valiosa para mí.
El ERE ha sido de este mismo año, y fue un ERE colectivo como consecuencia de que mi empresa con pérdidas importantes fue adquirida por otra de otra ciudad, y el personal de oficinas fuimos incluidos en el ERE.
Respecto a necesitar tener 2 años cotizados dentro de los últimos en mi consulta indicaba la posibilidad de cotizar por mi cuenta el tiempo que fuese necesario, es decir, mantenerme a duras penas con mis ahorros durante algún tiempo y cotizar el tiempo necesario por mi cuenta para tener derecho a jubilación.
ya dije que hasta ahora he estado cotizando en máximos y quizás cotizar un par de años por mi cuenta aunq no sea en máximos tampoco me penalice demasiado la pensión por jubilación, ya q si se consideran los últimos 15, serían 13 al máximo y 2 al mínimo.
Gracias de nuevo y si con estos nuevos datos se puede aclarar algo más, estaría muy agradecido.
Rafa,
A pesar que causes baja en Oct. 2014, el Ere fue aprobado antes de Abril 2013 ?
Es un Ere colectivo de extinción, basado en el art. 51 del ET ?
Ten en cuenta que por tu año de nacimiento (1964) te pilla de lleno la Ley 27/2011 sobre jubilación ordinaria 67, anticipada 65 años de edad y no hay que olvidar la carencia específica que se exige de tener cotizados 2 años dentro de los últimos 15 (la prestación de desempleo sirve para ello, pero no el Convenio Especial).
En 2027 cumplirás 63 años de edad y si alcanzaras los 38 años y medio de cotización, ésta se consideraría 2 años antes de la ordinaria (65) por tener la carrera laboral completa.
Todo esto según las Leyes a fecha de hoy, pero ya sabes .... si 1 año es una eternidad, ya no te digo más.
Es difícil dar respuestas concretas a tus preguntas.
Buenos días, tengo 50 años y debido a un ERE en mi empresa el próximo mes causaré baja.
Tengo cotizados 28 años, los últimos 20 al máximo de cotización.
Ahora me corresponden creo 2 años de paro con lo q si sigo desempleado al final de este período habré cotizado 30 años con una edad de 52.
Con mis ahorros la indemnización recibida calculo que podría mantenerme 4 ó 5 años más,es decir, hasta los 57.
Cuál sería la mejor opción para poder jubilarme o prejubilarme si llegado ese momento no encuentro trabajo ?? Tendría que cotizar por mi cuenta varios años más ?? Cuántos, qué cantidad y a qué edad podría comenzar a recibir pensión por prejubilación sin que la prestación se viese muy reducida ??
Quizás no sea una cuestión fácil de resolver pero agradecería cualquier información que pudiese aportarme algo de luz al tema ya que estoy muy preocupado.