Hola buenas tardes.
He leido muchas cosas en este foro acerca del tema de los EREs, pero aún así tengo muchas duda y la necesidad de explicarles mi caso.
Actualmente tengo 59 años, llevo trabajando en la misma empresa 41 años y esta semana el enlace sindical me ha dicho que me van a hacer un ERE. En principio y que yo sepa afecta a dos compañeros mios y a mi, pero supongo que la empresa tendrá gardado por ahí a alguien más a quien se lo irá a hacer.
A mis dos compañeros les van a reducir la jornada en 2 horas, cobrando esas horas desde el paro. A mí enteoría por lo que me han dicho que quieren mandar al paro durante un año entero. Me he puesto en contacto con el coordinador sindical de zona y me ha dicho que tenemos que esperar a que lo presenten. Pero tengo muchas dudas y miedo ya que tengo la jubilación tan cerca y llevo trabajando 43 años y no quiero que fastidien la jubilación.
-La empresa es un taller de camiones.
-No sé hasta qué punto puede resultar malo un ERE. No sé si mi sueldo se verá reducido o si cobraré lo mismo entre el paro y la empresa. Todo en dinero A.
-Tengo la duda de cómo afectará esto a mi jubilación es decir, constará como año trabajado o como año en paro, y por lo tanto, bajándome mucho la media de los últimos 15, que se usan para la jubilación.
-¿Se puede hacer un ERE temporal para menos de 10 personas en una empresa con menos de 100 empleados?
-¿Me puedo fiar del coordinador sindical?
-¿Si se lleva a cabo este ERE temporal y vuelvo después de un año, se respeta la antigüedad?
-Si se lleva a cabo este ERE temporal y durante el periodo de un año se lleva a cabo un ERE total, ¿sobre qué sueldo se me haría la indemnización?
-La indemnización del ERE normal, es de 20 días por año como mínimo, durante todos los años trabajados en la empresa pero teniendo en cuenta solo 12 mensualidades, ¿no? sin pagas extraordinarias.
-¿Puedo denunciar a la empresa durante este periodo de vigencia del ERE temporal por irregularidades ocurridas en el pasado?
-¿Puedo denunciar a la empresa porque se estén echando horas extraordinarias y se me quiera echar a mí, utilizando un ERE temporal, ya que cobro bastante por antigüedad?
-¿Puedo denunciar a la empresa por articulo 50 del E.T teniendo alguna esperanza de ganar el juicio con indemnización similar a despido improcedente, debido a retrasos en el pago de las nóminas?
-¿Me pueden despedir durante la vigencia del ERE temporal cortando mi antigüedad?
-¿Es obligatorio que me readmitan después del ERE temporal?
-¿En caso de no poder readmitirme y fuese aceptado otro ERE definitivo, qué base salarial me constaría?
Muchas gracias a todos, perdonad si he escrito alguna tonteria pero tengo una familia de 4 personas que mantener y veo que después de llevar toda la vida trabajando ni siquiera me van a dar una despedida digna, después de haver visto nacer a los que hoy me quieren echar...
Igual es muy basto el mensaje, pero pónganse en mi situación con 59 años y dos hijos y una mujer de 54 años... ¿Puede alguien contestar a las preguntas más básicas, las de la pensión?
1. Durante la suspensión cobrarás la prestación de desempleo. Como máximo 1.379 € brutos. Depende de lo que cotices
2. Durante ese año la empresa te cotizará igual que ahora. No me preocuparía sobre tu pensión
3. Se puede hacer un ere temporal de suspensión/reducción a 10 trabajadores de una empresa de 100
4. El coordinador no es tu enemigo pero tampoco tu amigo. Defiende lo tuyo
5. Si después te hacen un ere de extinción cobrarás conforme al sueldo que tengas en el momento del despido
6. Puedes denunciar a la empresa por cualquier irregularidad laboral siempre que no haya pasado más de un año por regla general. ¿Cuánto retraso y cuántas mensualidades?
7. Es correcto.20 días año máximo 12 mensualidades.
8. La antigüedad no la pierdes. Entiendo que el perido de suspensión no entra en el cálculo de una posible indemnización por despido
9. Es obligatorio. Pero no hay readmisión , tu contrato está suspenso durante 1 año cuando termina vuelves
10. Siempre cobras el salario que recibas en el mes del despido. Los conceptos salariales que no sean fijos se tomará como base de cálculo la del año.
11. No lo preguntas pero el ERE consume paro. Si te suspenden el contrato antes de junio de este año y luego te hicieran el ERE de extinción antes de diciembre del 2012 podrías recuperar 120 días de los 360 que vas a consumir. En caso contrario pierdes paro
Numedides muchísimas gracias de verdad. Mañana vienen los representantes, los de zona y todos aver qué pasa. Tengo pruebas para meter a la cárcel a más de uno de mis jefes con la ley en la mano.
Actualmente me deben todo enero, evidentemente también febrero, y parte de la paga de navidad, concretamete 5/6 partes ya que nos la quiere pagar en seis partes... Así llevamos varios meses, con retrasos de hasta 2 meses enteros. Al principio pagaba en 3 veces, y terminó pagando (y utilizo palabras textuales de él) "cuando se le pone en los cojones". Hemos tenido juicios por mil cosas y siempre ha perdido la empresa porque se les va la fuerza por la boca, al principio de todo, se negó a presentar las cuentas de la empresa a los representantes sindicales.
Hola, me han presentado un ERE, a mí y a otros 7 compañeros. 4 vamos al paro durante un año y otros 4 con reducción de jornada al 81%. Somos, contándonos a nosotros, 30 personas. El informe que me han dado es una explicación actual de la empresa, un plan de viabilidad y las dos últimas declaraciones de la renta, pero no entiendo la mayoría de las cosas, también nos adjuntan el balance del último año, con los ratios de las cuentas de resultados. Hace un año, hicieron una ampliación de capital, pero las previsiones entre estos dos años han bajado un 25% con una deuda de algo más de 2 millones de euros con una facturación de poco más de 3 millones de euros...