Legalmente si se puede hacer, por desgracia, conozco varios casos en empresas, eso si, no me parece ni etico ni solidario para con los compañeros afectados por el ERE.
Con un poquito de union que tuviesen los trabajadores, deberian sentarse con el empresario para tratar de hacer un reparto de la carga de trabajo entre todos.
Los trabajadores ya han hablado con la empresa, porque está claro que a nadie le parece bien, pero... con la situación actual ya sabes cómo se aprovechan y si es legal, pues vamos, no hay nada que más que hacer.
Rascasan, totalmente de acuerdo contigo, pero donde dices” legalmente si se puede hacer” deberías decir, legalmente NO se puede hacer.
Si fuéramos un país serio y se controlara a las empresas en ERE, lo de Andalucía seria calderilla.
Empresas en reducción de jornada, y los empleados trabajando 8 horas en el mejor de los casos, empresas con suspensión de contratos y los trabajadores afectados, en su puesto de trabajo, pero no pasa nada, paga papá estado.
En fin, a lo que vamos:
Reforma Rajoy
Artículo 13. Suspensión del contrato o reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativa o de producción o derivadas de fuerza mayor.
El artículo 47 del Texto Refundido (………)
2. La jornada de trabajo podrá reducirse por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción con arreglo al procedimiento previsto en el apartado anterior. A estos efectos, se entenderá por reducción de jornada la disminución temporal de entre un 10 y un 70 por ciento de la jornada de trabajo computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual. Durante el período de reducción de jornada no podrán realizarse horas extraordinarias salvo fuerza mayor.
nelin, ¿Cómo que no puede realizar horas extraordinarias? Por supuesto que pueden, estamos hablando de trabajadores no afectados por la situación de ERE de suspensión de contratos de trabajo o la situación de ERE de reducción de jornada.
La pregunta es. ¿Los trabajadores no afectados por dicha situación de ERE, ejercen la misma actividad y ocupación que los afectados?
Me tengo que ir, pero en cuanto vuelva os expongo un caso real de situación de ERE de suspensión de contratos de trabajo que tramité y sufrió una inspección de trabajo sin ningún problema...
Los trabajadores afectados están en ERE algunos meses durante el año, y no todos los meses coinciden (la empresa lo ha organizado para que en los meses con más trabajo, haya más plantilla a jornada completa). No se si me explico:
Ejemplo: Enero - trabajarían a jornada completa todos los trabajadores NO afectados y parte de los afectados, el resto ese més si que estaría en ERE.
Entonces resulta que en enero, los que no están afectados, están haciendo horas extras, pero los afectados que ese mes trabajan las 8 horas, también están haciendo horas extras.
La verdad es que es un jaleo, pero no creo que sea normal que haya quien trabaje 4 y quien trabaje 9... sobretodo teniendo en cuenta que son del mismo departamento.