Llevo 2 años trabajando para una empresa. Llevamos unos meses con retrasos en las nóminas y hace unos días, nos han comunicado que van a presentar un concurso de acreedores y que van a hacer un ERE (reducción de jornada para unos y suspensión para otros). En mi caso particular, creo que optaran por la reducción de jornada.
Tengo algunas dudas:
1- Llevamos un retraso de 2 meses en el pago de las nóminas (vamos por el 3º). Quien nos va a pagar esas nóminas de retraso que llevamos ? lo digo porque si fuera un ERE de extinción, se que lo paga el FOGASA, pero en este caso lo tenemos que reclamar nosotros por nuestra cuenta o como funciona ?
2- Si considero que mi trabajo al menos dentro de un par de meses puede sufrir cambios sustanciales porque han cambiado las condiciones (no respecto a mi contrato sino respecto al grueso del trabajo que he de llevar a cabo), puedo pedir la rescisión del mismo ?
3 - Nos han comentado que debemos agotar el tema de las vacaciones antes de que se inicie el ERE ? esto es así ?
No sé si es que estoy preguntando algo que ya aparece en otras consultas y por eso no me contestan o cual es la razón de no recibir ninguna contestación.
Pero me gustaría que alguien me dijera algo, sobre todo porque en estos últimos días las cosas han cambiado, de forma que ahora nos dicen que no se va a presentar el ERE de momento y tememos estar un montón de meses sin cobrar (vamos por el 3º).
Estoy pensando en solicitar el pago ante el SMAC de las cantidades impagadas y probablemente la rescisión del contrato de trabajo, pero no sé si eso será "poco" o erróneo y será mejor esperar a que todo se hunda de una vez por todas y que se encargue el fogasa de indemnización y pagos salariales.
Les agradezco cualquier comentario al respecto sobre mi situación.
Lo que te interesa es solicitar la extinción del contrato de trabajo por incumplimiento empresarial, en efecto 2 meses sin cobrar es poco, pero dime ¿antes de estos dos meses habeis cobrado bien y el plazo?
Para reclamar cantidad tranquilamente porque tienes plazo de prescripción de un año.
Ten en cuenta que el FOGASA al final de la corrida solo se hará cargo de 120 días de salario, lo demás puedes perderlo. Así que en cuanto te deban un mes mas o si ya hay atrasos anteriores, solicita la extinción pues ten en cuenta que el procedimiento es muy largo y durante el mismo tienes que seguir trabajando hasta que el juez decida si extingue o no la relación laboral.
La verdad es que me quiero ir de esta empresa hace ya mucho tiempo, creo que nunca he estado bien y ahora que no me pagan menos.
No recuerdo cuando fue la última vez que me pagaron en plazo (llevamos meses temblando para esperar a ver si el mes lo cobrabamos o no y cuando, porque primero era a mediados, luego más bien a finales y luego ya ni se sabe). Ayer confirme que ya llevamos 3 meses.
Mi duda ahora es la siguiente:
Si yo solicito la rescisión del contrato, tendré paro ?? es decir entiendo que tengo que solicitarla (me pondré en manos de un abogado), y este me llevará el asunto, mientras tanto como ya sabemos hay que ir acudiendo al trabajo hasta que se resuelva, pero creo que es el momento de actuar, porque alegan que agosto es un mes inhábil a efectos de los juzgados y nosotros no queremos esperar a que finalmente se haga oficial el ERE, se nombre el administrador concursal porque probablemente nos meteriamos en Noviembre. No podemos estar tanto tiempo sin cobrar. Entonces entiendo que ahora que digamos estamos "en tierra de nadie" es el momento de actuar, ya que una vez hecho oficial el ERE, no se puede solicitar la rescición del contrato, verdad ?? también necesito saber si aunque el ERE se hiciera oficial en Septiembre pongamos, como yo ya he solicitado la rescición del contrato y pago de salarios, indemnización y demás, mi situación no cambiaría, no ??
Otra pregunta: por cómo habla usted entiendo que es abogado. Es así ? para mi es importante saber que estoy hablando con un profesional y no con una persona que simplemente tiene experiencia en el campo.