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ERE, calendario laboral y dias adicionales.

4 Comentarios
 
16/12/2009 14:27
Muchas gracias pondre un post con las conclusiones
16/12/2009 09:27
"Salvo la urgente necesidad....con la finalidad de evitar la paralización de la actividad productiva del cliente" Con esto, parece quedar claro que sí podéis prestar servicios mas alla del dia 18 y además tenéis regulación al respecto, con la aplicación de abonos extras o dias.
Lo que está claro es que la empresa os ha propuesto un calendario de trabajo más allá del día 18 y que estáis en una situación especial, dado el ERE.
Podrías negaros a aceptar sus condiciones, alegando que es necesario el acuerdo entre las partes. Intentar poneros de acuerdo todos los trabajadores y hacerles llegas las conclusiones a la empresa, antes del dia 18.
Saludos y suerte
16/12/2009 07:24
la unica clausula que podría sentenciarnos es la que dice: Desde la fecha de la aprobación por la Autoridad Laboral del presente expediente de regulación de empleo hasta la finalización del mismo, la realización de las horas extraordinarias y jornadas adicionales quedan anuladas salvo la urgente necesidad, entendidas como averias o aqullas horas que deban realizarse con la finalidad de evitar la paralización de la actividad productiva del cliente. Estos casos serán analizados en el seno de la comisión mixta.

En el convenio tenemos 3 clausulas, dos dicen que los dias que estén fuera de calendario laboral se computaran como dias a mas por tanto aplicaran lo que se llama flexibilidad, o 140€, o un día y 66 € a elegir por el trabajador, y la otra dice que si no se computan como dia a mas y se viene a peticion de la empresa se computaran con un dia y 35 € a negociar entre trabajador y empresa. Esa negociacion no ha llegado dado que la empresa llego y dijo que nos daban 1 dia y medio 35€ pero ese dia el año que viene no lo elegiriamos nos los darían ellos para suplir el ERE.
Que hacer? ademas estamos llegando al 18 y estamos desolados, agradezco vuestra ayuda.
15/12/2009 16:51
Hola williamsgdb
Algo complicada si que es, a ver si puedo ayudar.
Dices que el ERE temporal acaba a finales de año, es necesario saber qué ERE tenéis aprobado, porque si en la empresa hay un calendario laboral que acaba el día 18-12 en teoría no podrían prestarse servicios más alla de este día.
Hay que revisar el ERE aprobado por la dirección provincial para ver si pone algo al respecto. Si no pusiera nada, entiendo que no podríais prestar más servicios durante este año, ya que habéis completado la jornada anual.
Espero haber aportado un pokin de luz al asunto.
Saludos
Ere, calendario laboral y dias adicionales.
15/12/2009 14:05
Muy buenas, tengo una pregunta algo complicada que haceros:
AL grano, estamos en la empresa en un aprieto, desde hace tiempo venimos estando afectados por un ERE temporal de 50 días que caduca a finales de este año, y nuestro calendario laboral finaliza este Viernes día 18 de Diciembre, el viernes de la semana pasada nos propusieron un calendario para venir a trabajar los días, 21, 22, 23, 28, 29, 30, días que reitero no están en el calendario como dias laborables dado que hemos agotado las 1704 que tiene nuestro calendario, negociado por la empresa y los delegados, la pregunta es: ¿Nos pueden obligar a venir?, ¿Nos podemos negar?, de los 50 dias hemos consumido 20 aprox, ademas en el acuerdo de ere no podemos hacer ni jornadas adicionales ni horas extraordinarias.