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Equivocación de la Seguridad Social

25 Comentarios
Viendo 21 - 25 de 25 comentarios
08/06/2013 18:07
A ver. Contestando a tu primera pregunta. La baja del 12 de mayo al 7 de noviembre de 2011 es por accidente no laboral. (sufrió un alcance estando parada en una incorporación yendo de copiloto, y fue cuando se le produjo el latigazo cervical)Son contingencias comunes.
Contestando a tu segunda pregunta. Un tiempo antes, no mucho, a que se cumplieran los 18 meses, el ICAM la mandó a un psiquiatra consultor. El psiquiatra fue en la línea de la psquiatra de Seguridad Social. En los informes, tanto de uno como de la otra, hablaba de distimia, trastorno afectivo de la personalidad y no se que más. La última Dra. que la la vio en el ICAM la propuso para una incapacidad, aunque los informes que tenía no eran favorables para dicha incapacidad, por lo que esta le fue denegada y como ya he comentado anteriormente, le llegó la resolución el día 7 de noviembre y el día 8 se tuvo que incorporar al trabajo aunque en unas condiciones bastante lamentables, tanto por su estado como porque la medicación que tomaba le mermaba mucho su actividad física.
Tercera pregunta. La baja del 11 de diciembre de 2011 se la hizo la Dra. de cabecera. No sé si fue o no autorizada por el ICAM, pero la baja la emitió ella. Como ya comento era una intervención que hacía tiempo tenía programada y no tenía nada que ver con la baja por el accidente.
Del 22 de diciembre de 2011 hasta el 9 de enero de 2012 hace las vacaciones que correspondían al año 2011, pero la empresa no le dejó hacer el mes completo, sólo le dio hasta el 9 de enero. Del 10 de enero al 3 de febrero, ella sigue yendo como puede a trabajar. En la clínica donde trabaja están de obras en los quirófanos y por lo tanto la actividad es mucho menor, pero ya sólo el hecho de ir del pueblo donde vivimos a Barcelona, cuyo trayecto hacía caminando y en tren y cuyo horario era de 7 de la mañana a 14 de la tarde, le suponía un sobre esfuerzo. Los dolores fueron en aumento y con ellos empeoró mucho su estado psíquico. La baja del 4 de febrero se la da la Dra. que la vio en urgencias y sí, fue por contingencias comunes ya que ella llegó a la consulta muy mal psíquicamente, "episodio depresivo no especificado". Contingencia común.
Cuando mi madre va a recoger el parte de la semana por el "episodio depresivo no especificado" es cuando su Dra. de cabecera le dice que ella legalmente no puede continuarle la baja, que se busque la vida y hable con quien tenga que hablar ya que, como no está para trabajar, algo habrá que hacer y es cuando nosotros llamamos a un número del INSS para cita previa y al explicar el caso nos dan hora y día para la primera oficina que había disponible. Mientras mi madre habla con su empresa, le explica la situación y como ellos sabían lo mal que estaba le ofrecen coger 3 ó 4 días de vacaciones mientras arregla el tema. En la oficina del INSS, la directora que fue quien nos atendió nos dijo que su Dra. de cabecera si que le podía dar la baja por recaída de la baja anterior de los 18 meses, pero que a partir de ese momento en lugar de llevarla en el centro de salud la llevarían en el ICAM, incluso nos dio un teléfono para darle a la Dra. de cabecera por si tenía alguna duda para que la llamara, por eso la Dra. de cabecera le volvió a dar la baja, el 16 de febreto, esta vez por "otros dolores crónicos", como recaída, que en realidad era lo que le había producido el accidente, pero se equivocó y señaló el recuadro de enfermedad común en lugar de el de accidente no laboral que es de donde venía la recaída, el parte que sale, aunque pone número 1, es el número 2,ya que se la dio acumulado de los días que mi madre había estado de vacaciones, no de la operación del 11 de diciembre. A partir de ese día todas las visitas se las hicieron en la mutua de trabajo y en el ICAM. En el ICAM la mandaron tanto a un reumatólogo, como a un psiquiatra consultor y en la mútua también la visitó un psiquiatra.
A demás la estaba viendo un psiquiatra particular, porque la de la SS.SS. no le iba bien y el reumatólogo de la SS.SS.
A través del psiquiatra privado, ya que la medicación no le hacía efecto, en la Seguridad Social le han hecho terapia electro convulsiva, que después de 6 sesiones tuvo que suspender porque no le iba bien.
Ahora la lleva un psiquiatra, una psicóloga y el reumatólogo de la SS.SS

Si quieres saber algo más, pregúntame.

Muchas gracias y un saludo.
08/06/2013 00:16
(El 10 de febrero de 2012 la Dra. de cabecera informa que legalmente no podía seguir de baja pero que como no estaba para trabajar, que mi madre fuera al INSS para que le continuaran la baja porque ella no podía hacer nada más) ...

* El Icam es quien hace las revisiones. Cuando la Dra. dice '' para que le continuaran la baja ... '' a qué baja se refería .... ??? porque hay una 2ª Baja del 11 de nov al 21 de dic de 2011 por Contingencias Comunes !!!

La Dra., a pesar de decir que, legalmente, no podía seguir de baja ... emite una 3ª Baja :
16 feb. 2012 hasta agosto 2013 = Nueva baja por ITCC, motivo: enfermedad común, marcando la “casilla” de recaída ...

COMPRUEBA si el 16 de feb 2012 se inicia una nueva baja con el PARTE Nº 1, o bien es una continuación de los partes emitidos en la baja del 11 de nov al 21 de dic de 2011 ???

Pienso que deberás preparar una Instancia al Inss, en un sentido u otro, dependiendo de tus respuestas.

SalU2

07/06/2013 23:54
Sigo ...

8 nov 2011 al 10 nov. 2011 = Alta Laboral.

11 nov. 2011 al 21 dic 2011 (intervención quirúrgica) = Baja x Contingencias Comunes??
Quién emite esta baja ???

Si el Alta del 7 de nov de 2011 fue efectuada por el Icam, cualquier baja que se produzca en los 180 días posteriores a ésta, debe ser emitida o autorizada por el Icam.

22 dic. 2011 al 3 de feb. de 2012 = Alta laboral.
(3 feb 2012 = terminada jornada laboral, urgencias del centro de salud)

4 feb 2012 = Nueva Baja emitida por la Dra. del centro de salud. Causa de la baja: episodio depresivo no especificado (enfermedad común). Baja efectuada por Contingencias Comunes ???

Antes de seguir, espero tus respuestas.

SalU2

07/06/2013 22:32
La 1ª baja del 7 Mayo 2010 al 6 Nov. 2011 fue emitida por Contingencias Comunes ??? Motivo de la Baja : accidente NO laboral ???
El alta del 7 Nov. 2011 fue dada por el Icam ???

No soy experta, pero estoy intentando ver por donde enfocar una posible solución.

SalU2
07/06/2013 20:52
Os agradecería mucho que pudierais orientarme. No tenemos ni idea de que hacer.

Muchas gracias de nuevo.

Un saludo.
Equivocación de la seguridad social
07/06/2013 18:11
En mayo de 2010 mi madre tuvo un accidente de coche sufriendo un fuerte latigazo cervical. Estaba en activo y comenzó una incapacidad temporal. Hacía más de 10 años que había sido diagnosticada de fibromialgia, pero llevaba una vida normal y jamás cogió ninguna baja por este motivo. Como consecuencia del latigazo cervial y según todos los informes médicos, se le fue agudizando la fibromialgia y por los dolores que sufría empezó a deteriorarse su salud mental teniendo que ser tratada en salud mental.
La incapacidad temporal duró 18 meses pasados los cuales fue dada de alta el 7 de noviembre de 2011. A pesar de su estado se incorporó al trabajo el día 8, los días 9 y 10 le correspondía descanso y el día 11 se tenía que someter a una intervención de hemorroides que ya tenía programada. La baja por esa intervención duró hasta el día 21 de diciembre y desde el 22 de diciembre al 9 de enero de 2012 hizo las vacaciones que tenía pendientes. El 10 de enero de 2012 se reincorporó aunque su estado físico y mental ern lamentable. Es auxiliar de clínica tenía que realizar grandes esfuerzos, lo que aumentaba el dolor y el aumento del dolor le hacía empeorar psíquicamente. El día 3 de febrero después de terminar su jornada laboral se fue derecha a urgencias del centro de salud ya que el dolor era insoportable. En la consulta de la Dra. de urgencias le dío una crisis y le tuvo que inyectar un diazepan con un voltarén y dejarla allí en una sala hasta que fuímos a recogerla. La Dra. de Urgencias le dío la baja con fecha 4 de febrero, la causa:episodio depresivo no especificado. Cuando mi madre fue el día 10 de febrero de 2012 a su Dra. de cabecera para que esta le continuara la baja, le dijo que legalmente no podía seguir de baja pero que como no estaba para trabajar, que mi madre fuera al INSS para que le continuaran la baja porque ella no podía hacer nada más. Mi madre llamó al trabajo, explicó la situación y le dieron tres o cuatro días de vacaciones hasta que hubiera solucionado el problema.
Una vez en la oficina del INSS Nos atendió la propia directora y nos dijo que la Dra. de cabecera si que podía darle la baja por recaida del proceso anterior ( el del accidente no laboral que la había tenido de baja anterior mente 18 meses) pero que desde ese momento la llevaría el ICAM (la inspección aquí en Barcelona). Su Dra. le dío la baja con fecha 16 de febrero de 2012, el motivo de la baja es: otros dolores crónicos y en la baja se especifíca que es por recaida.
Mi madre sigue de baja, las patologías se le han agravado e incluso la psiquica ha cambiado de diagnóstico. Ya ha pasado el año y le dieron una prórroga de 6 meses que terminará en agosto.
Tanto el ICAM como la mútua le han ido haciendo revisiones periódicas.
Hará unos 2 meses la mútua llamó para decir que se habían dado cuenta que aunque en los partes de baja pone en todos que es por recaída, la Dra. de cabecera en lugar de clicar el recuadro de accidente no laboral, había clicado el recuadro de enfermedad común, que intentáramos arreglarlo ya que si le dieran una incapacidad tendría problemas con las bases reguladoras.
Hablamos con el ICAM, y nos dijeron que tenía llamar su Dra. de cabecera. Ahora el médico es nuevo y ha sido él el que ha llamado. En el ICAM le dijeron que después de pasado un año ya no se podía cambiar, que mi madre hiciera un escrito y lo presentara en el INSS junto con los informes médicos. Al llamar al INSS me dicen que no haga ningún escrito, que vaya y pida una solicitud de determinación de contingencias. Hoy voy al INSS y me dicen que eso es sólo para casos de accidente laboral. Que haga un escrito, explique todo esto, lo firme mi madre y lo presente en el ICAM.
Alguien puede decirme si es eso lo que tengo que hacer o si por el contrario esperamos a que llegue agosto y en caso de que le den la incapacidad, como cogerán como base reguladora la de enfermedad común acudamos a los tribunales para comunicar la equivocación y solicitar que se la cambien por la de accidente no laboral?
Espero que podáis ayudarme.
Quedo a la espera de vuestras respuestas.
Muchas gracias y un saludo.