Hola, determinar en que consiste la profesión de rotulista, que abarca muchos campos, no es el problema, a eso se dedican las cabezas pensantes que hacen el CNO. Que pregunten a los trabajadores las tareas que realizan. Porque esta gente que hace los manuales sabe mucho, pero no saben todo, y se hacen guías incompletas, que luego tienen consecuencias. Porque se usan de base para cosas serias.
Los epígrafes y profesiones no trabajan, trabajan las personas.
Para solicitar la incapacidad se valoran enfermedades/lesiones y tareas de la persona, eso lo dice la ley.
El problema es que te llaman al EVI, para hacerte un reconocimiento, (por llamarlo reconocimiento) y luego ponen un número de un epígrafe, generalizando para catalogarte, en el Informe de Síntesis.
Y en la Guía de Valoración Profesional, ese epígrafe tiene diferentes grados de valoración de aptitudes psicofísicas.
No tiene la misma importancia una lesión de los pies, para alguien que trabaja sentado todo el día, que para el que monta andamios, por ejemplo. Lo comprende cualquiera.
Después esta la mesa del tribunal que mira el Informe de Síntesis y esa graduación del epígrafe en cuestión. Por eso es tan importante el epígrafe. y es quien decide si estas apto o no.
¿Por qué te llama el EVI para hacer un reconocimiento médico, Y no te llaman para hacer un reconocimiento de tus tareas en el trabajo?
¿Por falta de tiempo, no hay dinero para pensiones, falta personal? Si no se puede que quiten la ley y no hagan perder tiempo y salud a la gente.
Al ser autónomo no tengo algunos derechos que tienen los trabajadores, y no los reclamo.
Pero si hay una ley, exijo que se cumpla y no nos tomen el pelo.
En fín, decir que he puesto una queja a la Seguridad Social, estoy pendiente de respuesta.
No se si contestaran o no, seguiré denunciando lo que me parece injusto.
Que la gente sepa lo que sucede en mí caso y otros muchos.
Hola. Como ,al parecer no tenías la cobertura de accidente laboral en autónomos, la incapacidad se debe tramitar por accidente no laboral, pues las dolencias no son derivadas de enfermedad común. Tú podrás demostrar que las dolencias son consecuencia del accidente. En el informe de alta del hospital constarán todas las circunstancias.
Si te han denegado la incapacidad , casi seguro que también te denegarán la reclamación previa y tendrás que presentar demanda ante el Juzgado. Por ello si piensas recurrir, acude a un abogado especialista en seguridad social. El problema , entre otros, será determinar en qué consiste la profesión de rotulista, pues abarca muchos campos.
Saludos
Hola,
Rotulista
Ingresé en urgencias esa misma mañana.
He pedido la incapacidad permanente total, porque ya no puedo hacer lo que hacía en mi trabajo.
No tengo derecho a la incapacidad parcial por ser autónomo.
Lo de incapacidad por accidente no laboral, no entiendo lo que es.
Saludos
Hola. En la resolución denegatoria, ¿ qué profesión pone?. ¿ Cuando tuviste el accidente acudiste al hospital?¿ Has pedido la incapacidad por accidente no laboral?.
Saludos.
Si, denegada.
La actividad mía ha sido la misma desde 1995, epígrafe 843,9. y las tareas también.
No les interesa saber realmente en que consiste mi trabajo , no han preguntado ni aceptado ningún documento , se limitan a poner el epígrafe dicen.Tengo muchos para acreditar,(facturas, declaraciones iva, clientes, pólizas seguro, certificado Agencia Tributaria, modelo alta Actividades Empresariales, fotos, videos, etc.
Hasta el año 2017, accidente, caída de un andamio mientras trabajaba, aunque en el parte de baja ponía (accidente no laboral) por ser autónomo y no tener cubiertas esas contingencias, parece ser.
Cotizados 28 años y pico.
Saludos.
Hola, mí epígrafe del IAE, era 843,9, Otros Servicios Técnicos (n.c.o.p.),
Tengo certificado de la Agencía Tributaria.
Mí epígrafe no figura en los epígrafes de la CNO, que utiliza la Seguridad Social.
Prestaba servicios de pintura y rotulación de cartelería, furgonetas, camiones, autobuses, fachadas, locales, suelos, etc. A empresas de transporte, construcción, pintura, publicidad, etc.
Actividad Empresarial. Autónomo sin empleados.
Solicité la Incapacidad Permanente Total , dos veces.
La primera vez me pusieron en el Informe de Síntesis, epígrafe 3110 (Delineantes y Dibujantes Técnicos). Me negaron la Incapacidad. Se me pasó el plazo de recurrir.
Presenté una segunda solicitud de Incapacidad Permanente Total, Pasé por el EVI.
En el Informe de Síntesis pusieron, epígrafe 7616 (Rotulistas, Grabadores de vidrio, Pintores decorativos de artículos diversos), actividades en grupos artesanales.
No constan por ejemplo, circunstancias espefícicas del medio laboral.
¿Esto anularía las decisiones de las mesas del tribunal del EVI?
Hola ¿Cuál es el epígrafe y cual es tu profesión? Sobre todo tiene mucha importancia la profesión para el reconocimiento de la incapacidad pues no es lo mismo ser administrativo que peón de la construcción.
Saludos
Buenos días, he pasado por el EVI, y me han puesto en un epígrafe (trabajo), que no me corresponde, por que mí trabajo es otro.
Con el consiguiente perjuicio, porque las lesiones que tengo, tienen otro grado de valoración.
¿se puede hacer algo ante esta situación?