¡Hola!
A la hora de redactar un contrato de arrendamiento español (o si no, de forma más amplia, en un documento jurídico), en caso de producirse una enumeración dentro de una cláusula, como por ejemplo, la siguiente:
Clausula 3
1.
2.
---a)
---b)
------ i.
------ ii.
------ iii.
¿Existe algún criterio generalizado sobre el orden de aparición de los diferentes elementos (p. ej.: primero, números arábigos, después, letras latinas, luego, números romanos)?
En algunos códigos, veo que en ciertos artículos primero se emplean los números arábigos y luego las letras, pero no sé si para el siguiente subnivel se debería emplear, por ejemplo, los números romanos, ni si esto se puede hacer así en una enumeración de un contrato de arrendamiento.
Si me pudieran ayudar con esto, les estaría muy agradecido.
Opino como Leonjbr, no hay norma legal al respecto.
Yo utilizo el siguiente orden, por si le sirve de ejemplo:
Cláusulas:
Primera (lo escribo así, con mayúscula y con todas sus letras): Plazo
Segunda: Precio o renta
Tercera: Fianza
Cuarta: actualización de renta y fianza
Quinta: gastos, suministros, IBI.
Sexta: obras.
Séptima: estado del inmueble a la entrega. (El inventario si lo hay lo pono en Anexo I)
Octava: seguros y responsabilidad.
Novena: Renuncia a tanteo, retracto, ceder y traspasar.
Décima: Fuero.
Dentro de cada cláusula uso párrafos separados si es necesario, pero no los numero. Si los numerase, usaría cifras arábigas, no números romanos. Y ya dentro de cada número arábigo letras minúsculas, en orden alfabético. Nunca uso cifras romanas en un contrato, pero sí las he visto usar.