Cuando se realizan entregas a cuenta, especificando que van destinadas al principal de la deuda, ¿ puede el secretario judicial imputar dichas entregas a costas e intereses ?---ingresos realizados mediante recibos normalizados de la Administracion de Justicia---
No. Hay que tener en cuenta que el cómputo de los intereses sólo puede llevarse a cabo una vez abonado el principal; y habitualmente la tasación de costas se verifica una vez finalizado todo el procedimiento.