Has perdido el derecho a deducir y, por tanto, debes devolver las cantidades indebidamente deducidas más los intereses de demora (en el año 2010 los intereses de demora son del 5%).
En el año 2007 , efectue un contrato de compraventa por una vivienda de nueva construccion. Durante los 2 ultimos años realicé entregas a cta al promotor, desgravando el 15% de los importe en las declaracion de la renta.
Pero a finales del pasado 2009, la constructora comunicö que la obra se retrasaria por un tiempo, con lo que decidí rescindir el contrato , devolviendome la pagos realizado hasta la fecha.
A efectos de realizar la declaracion del ejercicio, como afecta la devolucion del importe. Y por otro lado, espero dicho importe destinarlo a la adquisicicion sino este año en el siguiente de una vivienda