Teniendo en cuenta el art. 38.6 y el art. 48 LPC, ¿puede una A.P. habilitar un día festivo para la presentación de solicitudes EN UN PROCEDIMIENTO COMPETITIVO? sALUDOS.
Los días hábiles se conocen antes del 1 de enero de cada año, por publicaciones correspondientes en distintos boletines provinciales, autonómicos y estatales, a éstos habrá que remitirse puesto que lo hace igualmente la propia LRJPAC.