Lo siento, pero discrepo. Los incumplimientos del regimen de visitas, que yo sepa, hace años que no se denuncian via penal (desde la modificacion del Codigo Penal). En estos casos solo cabe solicitar ejecucion de sentencia, que viene a ser "ajoyagua", porque para cuando quiera fijarse la vista, ya habra pasado sobradamente el dia
Denunciar el incumplimiento. La policía o GC no puede detener ni interpretar lo que corresponde al juez, sino solo recoger la denuncia. No es un secuestro pero sí puede en ciertos casos ser considerado sustracción de menores, aunque no parece que sea el caso. Aquí seguramente simplemente se constate un incumplimiento de la sentencia relativo a las obligaciones del régimen de visitas (o custodia compartida), por la que se podrá requerir y multar a la madre, sentando además un precedente ante futuros procedimientos.
Mi hijo esta con su madre de puente pero en el Convenio de mutuo acuerdo pidió que pasara con cada uno nuestro Santo. Tiene que traerlo hoy a las 21:00.La he avisado hace unos días y me dice klo célebre otro dia porque está con ella. Que debo hacer si no me lo trae.? Tengo que llamar a la Guardia Civil.?Por cierto tengo la Guardia y custodia y el 50%de la patria potestad desde el 2 de septiembre. Mil gracias!!