Tenemos puesto un procedimiento recientemente por desahucio y reclamación de rentas, pero nos han llamado y nos han entregado el piso y las llaves. Deben todavía una mensualidad y querríamos saber qué pasa con las costas de abogado y procurador. Nos ha dado una nueva dirección. ¿Cómo debemos proceder? Gracias.
Hola Noelia2005. Su abogado/a debe poner en conocimiento del Juzgado que conoce del asunto la entrega de las llaves, la puesta a disposición del inmueble y la nueva dirección de los arrendatarios.
Hasta que su arrendatario NO consigne judicialmente las rentas y las cantidades a cuyo paso se obligase por contrato debidos y no satusfechos el procedimiento seguirá su tramitación,ya que NO ha habido allanamiento total ni satisfacción extraprocesal.
Gracias Jan, pero nos dicen que nos cobremos con la fianza y 2 meses que dieron de aval, pero con eso no nos llega para todo los gastos, entiendo que entonces presentando el escrito comunicando al Juzgado la entrega de llaves y la vivienda con eso nosotros hacemos lo que tenemos que hacer y el procedimiento, como tu dices, seguirá su tramitación, que por cierto, cual sería el siguiente paso que seguiría este procedimiento, ya que no sería para desahuciarlos.
Gracias.
Hola Noelia2005. Presupongo que además de solicitar la resolución del contrato por impago de rentas se solicitaría la reclamación de las mismas.
Si con la fianza y el aval NO se cubren las rentas debidas y no satisfechas el procedimiento continuará por sus trámites normales,es decir, vista oral y dictado de Sentencia. En éste último caso o bien se decretará la resolución del contrato por impago, el lanzamiento del arrendatario de la vivienda y la condena al pago de la cantidades que constasen en la demanda o bien se decretará la resolución del contrato por impago y la condena al pago de la cantidades que constasen en la demanda.