Hola a todos, en mi edificio existen problemas con la promotora porque hay muchos defectos en las zonas comunes. Me han dicho que el presidente se niega a recepcionar el edificio por dichos defectos pero que por ello la promotora no entrega las llaves de las instalaciones comunes.
Qué significa exactamente rececionar el edificio?
QUE TIENE QUE ENTREGAR LA PROMOTORA?
se puede recepcionar el edificio y después reclamar por los defectos que hayan?
GRACIAS
Supongo que se trata de un edificio de nueva construcción. No hay nada que recepcionar, se acaba el edificio y se entregan llaves de viviendas y elementos comunes.
Es obligación de la promotora entregar las llaves de esos elementos comunes, y si luego hay defectos o vicios existe una responsabilidad de 10 años.
Gracias Ignacio, entonces supongo que se refieren unicamente a la entrega de las llaves de contadores etc....
Pero he oido algo del libro del edificio, alguien me puede decir qué es exactamente?
gracias