Mira el artíc. 25 de la Ley del IVA que deja exentas las entregas de bienes con destino a otro Estado miembro de la UE, siempre que el destinatario sea un sujeto identificado a efectos de IVA en un Estado miembro de la UE distinto al Reino de España, por lo que opino que el material utilizado para el fotomontaje NO debería llevar IVA. Así se desprende de tal artículo 25 de la Ley del Iva (Ley 37/1.992), salvo mejor opinión.
Una persona fisica, que su actividad ,es profesional (artes Graficas) ,con establecimiento en España,este verano realizo unos trabajos de fotomontaje de fotos, para una revista Internacional, la Empresa "XXX "a la que tengo que facturar dichos trabajos es de Portugal, previamente a todo esto hay existen unas oficinas de laa Empresa XXX, ellos me han proporcionado el CIF/TVA comunitario de dicha empresa de Portugal para que le facture, no se si estan equivocados,yo sé que la prestacion de servicios, no esta Exenta de Iva ,pero la entrega de bienes sí, esto lo aclaro porque en las factura se dan los dos casos una parte; mano de obra(servicio) y de otra el material utilizado para dicho fotomontaje(bien),asi como los servicios de correo(servicio).por tanto he de proceder en la misma factura desglosando cada concepto:
(Servicios) la mano de obra se facturara con Iva,puesto que se realiza en (España),servicio de correo de la misma forma.
Material utilizado para el fotomontaje sin Iva,puesto que se trata de (entrega de bienes),
Tengo la duda poque ellos me han dados su CIF/TVA Comunitario y me dicen que les facture con el Iva por todos los conceptos